Beneficiario:
a) Las Administraciones Públicas referidas a Corporaciones Locales, Mancomunidades y Agrupaciones de municipios, Cabildos y sus organismos autónomos, así como Fundaciones y Universidades Públicas.
b) Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyo objeto estatutario principal esté dirigido al ámbito social y que tengan recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados y propios del área para la que se solicita la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases.
Asimismo, estas tendrán que estar registradas en el registro administrativo correspondiente, como mínimo un año antes de la publicación de la convocatoria. Además, a la fecha de la publicación de la convocatoria, tendrán que estar reconocidas como entidad colaboradora en la prestación de servicios sociales en Canarias y, en caso subvenciones del área de voluntariado, en el Registro de Entidades del Voluntariado de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Todas las entidades beneficiarias deberán asimismo desarrollar sus actividades de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo el destino de la subvención contribuir a actividades relacionadas con la prestación de servicios y/o actuaciones en las distintas áreas, descritas en la base novena.
En la línea 4.2 de Planes Integrales de inclusión social de intervención en la comunidad sólo podrán presentarse y ser entidades beneficiarias las corporaciones locales.
Enlaces:
Fecha Límite:
44357
Normativas:
Plazos:
10 de junio 2021
Gastos:
Las subvenciones irán destinadas a financiar los gastos de personal, gastos corrientes, gastos de auditoría y de actividades derivados del desarrollo de las actuaciones y servicios, sin que puedan entenderse subvencionables los gastos relativos a la adquisición de material inventariable, infraestructuras y equipamientos.
La realización de la auditoría es obligatoria para aquellos proyectos con una cuantía superior a los 10.000 euros, siempre que no se trate de Administraciones públicas cuya justificación no se realiza por este medio. El gasto es subvencionable, por lo que se debe prever en el modelo denominado Plan de financiación.
Tipo de Proyecto:
ÁREA DE PERSONAS MAYORES
1.1. Envejecimiento activo e inclusión social de personas mayores.
1.2. Intervención en soledad no deseada de las personas mayores a través de la atención en domicilio y en la comunidad. Itinerarios de Atención Domiciliaria a mayores en situación de soledad.
1.3. Mayores tutelados.
2.- ÁREA DE INMIGRACIÓN
El objeto de estas subvenciones será la realización de programas o proyectos que fomenten la integración sociolaboral y personal de la población inmigrante
3.- ÁREA DE VOLUNTARIADO
4.- ÁREA DE INCLUSIÓN SOCIAL
4.1. Programas de intervención para la inclusión social y la atención a personas en situación de exclusión social
4.2. Planes integrales de inclusión social de intervención en la comunidad.
4.3. Intervención integral con personas sin hogar.
4.4. Área de inclusión social exclusiva para unidades de convivencia perceptoras de la prestación canaria de inserción y/o de la renta ciudadana.
4.4.1.- Proyectos de intervención psicológica, social y educativa con unidades de convivencia perceptoras de PCI/Renta ciudadana en situación de alta vulnerabilidad social.
4.4.2.- Programas de colaboración con los recursos formativos, laborales, educativos …, para cumplir el derecho a la inclusión social de las personas usuarias de la PCI y/o renta ciudadana.
Objetivo de la Ayuda:
puesta en marcha y el desarrollo de proyectos destinados a las áreas de Personas Mayores, Inmigración, Voluntariado e Inclusión Social
Financiación:
La cuantía individualizada de la subvención solicitada por proyecto no podrá superar los siguientes importes:
1. En el área de mayores, un máximo de 75.000,00 euros por proyecto, por lo que el máximo del área sería de 150.000 euros por entidad.
2. En el área de inmigración, un máximo de 15.000,00 euros.
3. En el área de voluntariado, un máximo de 18.000,00 euros.
4. En el área de inclusión social (integración social) un máximo de 90.000,00 euros por proyecto, excepto en la línea 4.2 de Planes integrales de inclusión social de intervención en la comunidad, cuyo máximo será de 100.000,00 euros. En todo caso, en el área de inclusión social el importe máximo de concesión por entidad beneficiaria será de 180.000,00 euros.
Cuatro. Asimismo, el importe de la subvención solicitada por proyecto no podrá ser inferior a 6.000,00 euros. La solicitud por importe inferior no será tomada en consideración.
Beneficiarios:
Administración local y entidades sin ánimo de lucro
Organismos:
Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud
Sector Ayudas:
Asuntos Sociales
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