Beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones las personas físicas y jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro que cuenten con alguno de los siguientes requisitos:
a) Empresas culturales con objeto social relacionado con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3 con domicilio social y residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Profesionales autónomos, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya actividad profesional principal se encuentre relacionada con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
c) Entidades sin ánimo de lucro constituidas con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente y registradas en el registro correspondiente de la Administración Pública de Canarias, como mínimo seis meses antes de la publicación de la presente convocatoria, cuyos estatutos y proyecto se refiera a la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
Enlaces:
EBASE NACIONAL DE SUBVENCIONES
Fecha Límite:
45811
Normativas:
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: 3 DE JUNIO 2025.
Gastos:
a) Gastos en infraestructura:
– Gastos de alquiler de espacios y equipamiento técnico.
– Gastos de servicios técnicos y profesionales.
– Gastos de alquiler de uso de plataformas virtuales.
– Gastos por el alojamiento virtual de contenidos.
– Gastos de las primas de la póliza de responsabilidad civil y de la póliza de seguro de
cancelación de los eventos o actividades incluidas en el proyecto.
b) Marketing y comunicación
– Gastos de elaboración de planes de marketing y comunicación.
– Gastos de análisis, obtención y tratamiento de datos de marketing.
– Gastos de marketing y comunicación derivados de acciones de incremento y
desarrollo de públicos.
– Gastos de diseño y producción de materiales de difusión, marketing, comunicación
y/o publicidad.
– Gastos de campañas publicitarias.
– Gastos de contratación de agencias de marketing, prensa y/o comunicación.
– Gastos de contratación de personal técnico, alquiler de espacios y material técnico
para acciones de prensa y comunicación.
c) Desplazamientos y alojamientos:
– Gastos de desplazamiento en medios de transporte colectivo en clase turista,
económica o similar.
– Gastos de alojamiento.
d) Gastos de producción de los eventos o actividades del proyecto, con los límites previstos en
las presentes bases.
e) Gastos de salarios y cobertura social del personal del empresario individual y cuotas del
propio empresario autónomo relacionadas con el proyecto y sus eventos o actividades, con los
límites previstos en la presente base
f) Gastos de contratación de personal de producción y/o organización, de asistencia en eventos,
presentadores/as, moderadores/as, intervinientes, artistas o profesionales expertos durante la
celebración de los eventos o actividades del proyecto.
g) Honorarios de profesionales intervinientes, artistas o similares durante la celebración de los
eventos o actividades del proyecto.
h) Gastos de expertos en asesoría laboral, legal, fiscal o contable, auditores de cuentas,
consultoras especializadas en contratación pública para la realización del proyecto y los de
administración específicos, que serán admisibles si están exclusivamente vinculados al proyecto y
son indispensables para la adecuada preparación y ejecución del mismo.
i) Gastos generales, entendiendo por tales aquellos que no pueden vincularse directamente pero
que son necesarios para la realización de la actividad subvencionada. Tendrán consideración de
gastos generales, entre otros, gastos financieros directamente relacionados con la actividad
subvencionada, suministros necesarios como teléfono, luz, agua, y aquellos otros vinculados
indirectamente con el proyecto.
j) Gastos de representación, protocolarios o de relaciones públicas.
Tipo de Proyecto:
Modalidad A: Proyectos y actividades culturales relacionadas con las artes escénicas y musicales: danza, teatro, artes circenses y música.
A.1. Programación y exhibición de residencias artísticas en espacios escénicos.
A.2. Proyectos integrales de exhibición en salas privadas.
A.3. Festivales, muestras, jornadas, mercados, congresos, encuentros sectoriales profesionales y otros eventos culturales similares en materia de artes escénicas y musicales (danza, teatro, artes circenses y música).
Modalidad B: Proyectos y actividades culturales relacionados con la literatura: narrativa, poesía, ensayo, dramaturgia y narración oral y cómic: novela gráfica y cómic.
B.1. Actividades de promoción y difusión de la literatura, de dinamización y fomento de la lectura, encuentros con autores/as, mesas de diálogo y debates, cuentacuentos, narración oral y/o lecturas dramatizadas.
B.2. Festivales, muestras, jornadas, mercados, congresos, actividades divulgativas, encuentros sectoriales profesionales, seminarios, exposiciones, acciones dirigidas a difundir las letras canarias, y otros eventos culturales similares en materia de literatura.
Objetivo de la Ayuda:
subvenciones destinadas a proyectos culturales de pequeño y mediano formato pertenecientes a los sectores culturales y creativos, al objeto de fomentar la industria cultural canaria y la programación en espacios culturales, abiertos y cerrados, como forma de consolidar y atraer a nuevos públicos, así como su difusión a través de plataformas físicas y digitales.
Por proyecto cultural de pequeño y mediano formato se entiende aquel que tenga un presupuesto de gastos inferior a los cien mil (100.000,00) euros, impuestos no incluidos.
Financiación:
La cuantía de la subvención a otorgar a cada proyecto no podrá superar el 80% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado, y tendrá un límite de veinte mil (20.000,00) euros por proyecto.
Beneficiarios:
Empresas y entidades sin ánimo de lucro
Organismos:
Sector Ayudas:
Cultura
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