MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO Y REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS ENERGÉTICAS 2017

Beneficiario:
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Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Otras Corporaciones Locales podrán ser beneficiarios únicamente de las siguientes actuaciones: Inclusión de criterios de eficiencia energética en desalación, depuración, potabilización y distribución de agua

Enlaces:
​​ CONVOCATORIA
BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
42858

Normativas:

Plazos:
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3 de mayo de 2017

Gastos:

Configuran las partidas subvencionables el coste de los equipos e instalaciones que
forman parte de la instalación así como el montaje y conexionado del conjunto, obra
civil asociada, diseño de ingeniería de la instalación, dirección de obra, auditoría limitada
al proyecto de inversión, puesta en marcha, documentación técnica, manuales de uso y
operación y tramitación de permisos y ayudas​​

Tipo de Proyecto:

A) Auditorías energéticas en instalaciones o edificios dependientes o propiedad de los Ayuntamientos.

B) Obras de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público de los municipios que fomenten el ahorro energético, mediante la utilización de sistemas que proporcionen una mayor eficiencia técnica y energética.

C) Inclusión de criterios de eficiencia energética en desalación, depuración, potabilización y distribución de agua.

D) Otras medidas de ahorro y eficiencia en instalaciones e infraestructuras municipales.

Objetivo de la Ayuda:

aplicación de medidas de ahorro energético y realización de auditorías energéticas en corporaciones locales, enmarcadas en el Plan Operativo FEDER de Canarias 2014-2020, eje 4, prioridad de inversión 4.3, objetivo específico 4.3.1 sobre "Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos", con una tasa de cofinanciación del 85%

Financiación:
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En el caso de auditorías energéticas, se subvencionará el 50% del coste del estudio, con un máximo de 25.000 euros.

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Para las restantes líneas de actuación, el porcentaje de subvención será del 60% respecto a la inversión elegible, con un máximo de 80.000 euros por proyecto, entendiendo como inversión elegible aquella parte de la inversión que sea necesaria para conseguir el ahorro energético deseado.

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Podrá incluirse, en caso necesario la dirección de obra y el coste de redacción del proyecto.

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Se establece un límite de subvención para cada Ayuntamiento en función de la población de derecho del municipio contabilizada en el último padrón.

Beneficiarios:
Administración Local

Organismos:
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

Sector Ayudas:
Medio Ambiente

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