Beneficiario:
– Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
– Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
– Centros Tecnológicos y de Investigación, Parques Científicos y Tecnológicos e Infraestructuras Científicas y Técnicas singulares.
Enlaces:
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA 2025
BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES 2025
MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA 2025
Fecha Límite:
45849
Normativas:
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 16 de junio de 2025 a las 9:00 horas, y finalizará el día 11 de julio de 2025 a las 14:00 horas.
Gastos:
a) Costes directos de personal
b) Otros costes directos subvencionables:
I. Edificación y obra civil, siempre que los mismos tengan carácter científico y/o tecnológico, y sean inherentes a las infraestructuras objeto de solicitud.
II. El diseño, desarrollo, adquisición, instalación y puesta en funcionamiento del equipamiento científico-técnico y de la infraestructura técnica de investigación.
III. El diseño, desarrollo, adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de software de carácter especializado, destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
IV. Gastos de promoción y difusión de la operación subvencionada.
V. Colaboraciones externas para la realización de actuaciones directamente relacionadas con la ejecución la operación subvencionada.
VI. Informe de auditoría, a aportar con la justificación de la subvención indicada en la base 19. El importe máximo subvencionable para el concepto de gasto “Informe de auditoría” se establece en 1.200,00 euros.
Tipo de Proyecto:
Se seleccionarán las operaciones de construcción, ampliación o mejora, renovación o remodelación, y reemplazo de infraestructuras de investigación, así como de equipamiento científico-técnico, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A los efectos de las presentes bases, se define:
– Infraestructura de investigación: se refiere a las instalaciones, los recursos y los servicios afines utilizados por la comunidad científica para llevar a cabo investigaciones en su sector respectivo; esta definición abarca los bienes de equipo o instrumental científico, los recursos
basados en el conocimiento, como colecciones, archivos o información científica estructurada, infraestructuras de carácter instrumental basadas en tecnologías de la información y la comunicación, o cualquier otra entidad de carácter único necesaria para llevar a cabo la investigación.
– Equipamiento científico-técnico: se refiere al conjunto de medios físicos (equipos o instrumentos) con autonomía para su funcionamiento, necesarios para la realización de actividades de I+D incluyendo los accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que sea plenamente funcional. Podrá consistir en un único equipo o instrumento, o bien en un conjunto de equipos e instrumentos para la dotación de un espacio único. Se considera, asimismo, dentro de esta definición una instalación que en sí misma tenga funcionalidades equiparables a un equipo o instrumento y constituya el medio físico necesario para el desarrollo de actividades concretas de I+D+i.
El periodo de ejecución tendrá una duración máxima de 18 meses.
Objetivo de la Ayuda:
subvenciones destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico, cofinanciadas por la Unión Europea.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la actividad de I+D+i y los procesos de transferencia de sus resultados al tejido productivo, siendo los efectos previstos:
– Fortalecer las capacidades científico-técnicas e impulsar el liderazgo internacional del Sistema Canario de Investigación e Innovación en los ámbitos de especialización de la Estrategia de especialización inteligente (RIS3 ampliada) de Canarias 2021-2027.
– Fortalecer las instituciones de I+D y crear, consolidar y mejorar las infraestructuras científicas con el fin de lograr el objetivo de fomentar las actividades de I+D y los procesos de transferencia de sus resultados al tejido productivo.
– Proveer, mejorar y actualizar el equipamiento científico-técnico para que sea accesible, facilitar una investigación científico-técnica de calidad y promover el desarrollo de actividades de I+D altamente competitiva contribuyendo de este modo al desarrollo regional.
– Desarrollar grandes infraestructuras científico-tecnológicas en Canarias, dentro de las áreas prioritarias de la estrategia de especialización inteligente de Canarias (RIS3 ampliada), procurando la integración de las mismas en las redes nacionales y europeas.
Financiación:
La intensidad máxima de la ayuda será del 100% del gasto total elegible.
El límite mínimo y máximo de la subvención a conceder por operación será de 150.000 euros y de 1.000.000 de euros, respectivamente. No obstante, estos importes podrán ser modificados en cada convocatoria.
Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro
Organismos:
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA
Sector Ayudas:
I + D + I
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