IMPULSO A LA BIOECONOMÍA 2025

Beneficiario:

 

a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.

b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

d) Organizaciones y colegios profesionales.

e) Entidades que integran la Administración Local y consorcios, así como los organismos públicos y entidades de derecho público no sujetos al derecho privado.

f) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal.

g) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule incluya la I+D+i.

h) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores. El número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro y deberán cumplir las condiciones del artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente convocatoria."

g) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores. El número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro y deberán cumplir las condiciones del artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente convocatoria.

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

CORRECCIÓN ERRORES

Fecha Límite:
45861

Normativas:

Plazos:

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 23 de julio de 2025, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre.

El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.

Gastos:

Tipo de Proyecto:

Objetivo de la Ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas a proyectos que promuevan el desarrollo de la bioeconomía, impulsando el desarrollo, mejora y consolidación de la infraestructura verde, la conectividad, la restauración de ecosistemas degradados y los paisajes multifuncionales, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación, la adaptación al cambio climático y la prevención de incendios forestales, a la vez que se generan oportunidades y empleo en el medio rural y se contribuye a la lucha contra el reto demográfico.

Financiación:

El importe total mínimo del proyecto será de 500.000,00 € y el máximo de 2.000.000,00 €. Las solicitudes que se presenten fuera de este rango no serán admitidas.

La intensidad de la subvención será, como máximo, del 85% en el caso de las actuaciones ejecutadas en las Comunidades Autónomas de Canarias, Andalucía, Castilla – La Mancha, Extremadura y las Ciudades Autónomas de Ceuta, y Melilla; el 60% en las Comunidades Autónomas de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia y el 40% en las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco.

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:
Fundación Biodiversidad

Sector Ayudas:
Medio Ambiente

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