Beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todos los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos establecidos en estas bases reguladoras y el resto de normativa que les resulte de aplicación
Enlaces:
BASES REGULADORAS
CONVOCATORIA
Fecha Límite:
43427
Normativas:
Plazos:
23 de noviembre 2018
Gastos:
1. Serán gastos subvencionables todos los gastos que de manera inequívoca, deriven de la redacción del PMUS y/o la actualización de los existentes, antes del 31 de octubre del ejercicio de la correspondiente convocatoria, acorde a la metodología descrita en la "Guía metodológica para la implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenible del Gobierno de Canarias", y que se materialicen o lo hayan sido, en el período comprendido entre enero de 2017 y la fecha de justificación de la subvención.
2. Gastos excluidos de la subvención:
No serán considerados como subvencionables, los siguientes gastos:
* Alquileres de oficinas o salones para la elaboración o para actos del PMUS.
* El IGIC satisfecho por prestación de servicios externos, así como cualquier otro impuesto.
* Inversiones en equipos o adquisición de materiales.
* Personal propio.
* Mobiliario de oficina.
* Instalaciones y bienes de equipo ajenos a los trabajos de elaboración del PMUS.
* Costes derivados de publicitar (mailing, dípticos …).
* Suministros eléctricos.
* Actualizaciones de software.
* Costes indirectos no vinculados a la elaboración del PMUS.
Tipo de Proyecto:
Se subvencionarán actuaciones que tengan incidencia en los objetivos trazados en los Planes de Movilidad Sostenible:
1. La implantación de formas de desplazamiento más sostenibles en el ámbito geográfico que corresponda, priorizando la reducción del transporte individual en beneficio de los sistemas colectivos y de otros modos no motorizados de transportes y desarrollando aquellos que hagan compatibles crecimiento económico, cohesión social, seguridad vial y defensa del medio ambiente, garantizando, de esta forma, una mejor calidad de vida para los ciudadanos.
2. Dar cabida a soluciones e iniciativas que reduzcan eficazmente el impacto medioambiental de la movilidad, al menor coste posible.
Objetivo de la Ayuda:
El objeto de la subvención serán los gastos derivados de la redacción y/o actualización de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS), sufragando actuaciones que tengan incidencia en los objetivos trazados en dichos Planes.
Financiación:
La intensidad de ayuda máxima será de un 60% del coste elegible de la elaboración del PMUS, teniendo como importe límite el que indica la horquilla correspondiente a cada ayuntamiento solicitante, según expresa la siguiente tabla.
Se establece un límite de subvención para cada Ayuntamiento en función de la siguiente escala referida a la población de derecho del municipio contabilizada en el último padrón publicado por el ISTAC.
Beneficiarios:
Administración Local
Organismos:
Consejería de Obras Públicas y Transportes
Sector Ayudas:
2Desarrollo urbano


