CONTROL POBLACIONAL DE COLONIAS FELINAS

Beneficiario:

1. Los ayuntamientos que dispongan de programa de gestión ética ya establecido o aprobado por la entidad local.

2. Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, las comarcas, mancomunidades, u otras entidades que agrupen varios municipios, siempre que los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto dispongan de un programa de gestión ética ya establecido o aprobado por la entidad local.

Enlaces:

BASES REGULADORAS 
MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

CONVALIDAN LOS ACTOS VICIADOS EN EL PROCEDIMIENTO DE SUBVENCIONES 2023

EXTRACTO DE CONVOCATORIA 2025

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES 2025

Fecha Límite:
45806

Normativas:

Plazos:

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»; hasta el 29 DE MAYO 2025.

Las solicitudes, así como toda la documentación asociada a la misma que se requiera,
deberán estar dirigidas a la Dirección General de Derechos de los Animales, y
presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 (https://sede.mscbs.gob.es/)

Gastos:

a) Gastos dirigidos a la implantación del método CER:

1.º) Inversión para adquisición de jaulas trampa u otros materiales de captura, y transporte de gatos

2.º) Gastos para realización de cirugías de ovariohisterectomía y orquiectomía.

b) felinas: Gastos destinados al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias

1.º) Gastos en implantación de microchip de los individuos de la colonia.

2.º) Gastos en desparasitación y vacunación de los individuos de la colonia.

3.º) Gastos en atención veterinaria de gatos de colonias felinas heridos o enfermos.

Gastos en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de marzo del año 2024, en la ejecución de proyectos destinados a impulsar el control poblacional de colonias felinas mediante el método ético de captura, esterilización y retorno

c) Gastos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio:

1.º) Gastos en mobiliario y sistemas de alimentación para la colonia.

2.º) Gastos en pienso para mantenimiento de las colonias.

d) felinas:

1.º) Gastos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias Información a la población mediante la realización de campañas en cualquier formato dirigidas a difundir la gestión de poblaciones felinas y permitir la integración en el entorno municipal.

2.º) Inversión para la formación del personal del ayuntamiento en el manejo, y gestión de las colonias felinas.

3. Serán subvencionables aquellos gastos en los que la entidad beneficiaria incurra durante el año natural inmediatamente posterior al de la convocatoria.

Tipo de Proyecto:

Los proyectos y planes subvencionables son:

a) Proyectos para la realización de cirugías de esterilización que disminuyan la extensión y proliferación de colonias felinas.

b) Proyectos destinados a la realización de acciones profilácticas, como la desparasitación o vacunación de individuos de las colonias felinas, con objeto de disminuir los riesgos de extensión de enfermedades.

c) Proyectos destinados a mejorar las condiciones de vida y alimentación de los individuos de las colonias felinas. d) Proyectos dirigidos a la formación del personal municipal o a la concienciación de la población en el respeto a las colonias felinas.

Objetivo de la Ayuda:

subvenciones destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas.

Financiación:

El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable, conforme al siguiente orden de prelación:

a) Proyectos dirigidos a la implantación del método CER: 100 por ciento.

b) Proyectos dirigidos al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias felinas: 80 por ciento.

c) Proyectos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio: 60 por ciento.

d) Proyectos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias felinas: 60 por ciento.

El importe de la financiación para cada proyecto no podrá ser superior al 5 por ciento del crédito presupuestario disponible, salvo que, distribuida dicha cantidad entre todos los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en el apartado anterior, hubiese un remanente, en cuyo caso se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por cada proyecto.

Beneficiarios:
Administración Local

Organismos:
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA

Sector Ayudas:
Medio Ambiente

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