Beneficiario:
Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
Enlaces:
Fecha Límite:
44313
Normativas:
Plazos:
27 de abril 2021
Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del portal de la ciudadanía española en el exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/) y en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(https://www.inclusion.gob.es/es/sede_electronica_menu/index.htm).
Gastos:
1.Se entienden como gastos de funcionamiento de las entidades, objeto de este programa, los de personal vinculado a la actividad subvencionada, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficinadecarácter fungible o consumible y otros desimilar naturaleza.
2. Se consideran gastos de reparaciones y mantenimiento aquellos de naturaleza corriente destinados a mantener, reparar y conservar los edificios y locales, siempre queestas acciones no afecten a suestructura ni supongan un incremento de la capacidad o la vida útil de dichas instalaciones.
3. Asimismo, se consideran subvencionables en el marco de este programa los gastos derivados de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país
Tipo de Proyecto:
Objetivo de la Ayuda:
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
Financiación:
La cuantía de las ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo del 30por cientode éstos.En el caso de las federacionesque representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 95 por cientode sus gastos de funcionamiento.
En el caso de losgastos por reparaciones y mantenimientose podrá subvencionar hastael 95 por cientode suimporte.
Solosepodrán subvencionar programas cuyocoste total sea igual o superior a 500 euros.
La cuantía de la subvención no podrá ser superior a 40.000 euros.
Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro
Organismos:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Sector Ayudas:
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