PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DESTINADOS AL MERCADO INTERIOR 2025

Beneficiario:

entidades asociativas agrarias de
Tenerife que gestionen Mercados del Agricultor en funcionamiento en el momento de presentar la
solicitud de subvención, constituidas con la finalidad de comercializar, producir y/o transformar
productos agroalimentarios de producción local cuya procedencia se encuentre debidamente
acreditada.

Enlaces:

BASES REGULADORAS Y EXTRACTOS DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

Fecha Límite:
45831

Normativas:

Plazos:

El modelo de solicitud y las bases se encuentran a disposición de los interesados en el
Centro de Servicios al Ciudadano de este Cabildo Insular y en las oficinas descentralizadas del
mismo que se relacionan a continuación. Asimismo, podrá obtenerse en la sede electrónica
https://sede.tenerife.es apartado Trámites.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Cruz de Tenerife: 23 de junio 2025.

Gastos:

a) Los gastos de carácter no inventariable, destinados a la promoción y a la mejora de la
comercialización de productos agroalimentarios destinados al mercado interior,
procedentes de producciones agrarias de la Isla de Tenerife ligados a la actividad de un
mercado del agricultor. En el supuesto de adquisición de bolsas de plástico vinculadas al objeto de la subvención, en todo caso, habrá de darse cumplimiento a lo establecido en el
RD 293/2018 de 18 de mayo sobre reducción de consumo de bolsas de plástico y por el
que se crea el registro de Productores (B.O.E nº122 de 19 de mayo de 2018).

b) Los gastos derivados de la realización de análisis de residuos de productos
fitosanitarios en especies vegetales por parte de laboratorios debidamente acreditados
a través de la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), en cumplimiento del Reglamento
(CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005,
relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen
vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE
del Consejo, y el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el
marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

c) Gastos de naturaleza inventariable, tales como, pequeñas infraestructuras o
equipamiento, excluyendo obra civil, vinculados a la mejora de la comercialización y
promoción de productos agroalimentarios de producción propia y destinados al mercado
interior.

Tipo de Proyecto:

a) Mejorar la competitividad y aumentar el valor añadido de los productos procesados en la
isla a través de la mejora de la calidad, de la diversificación y de la presentación de los mismos.

b) Transparentar el mercado interior y optimizar las cotizaciones de los productos
agroalimentarios, posibilitando que los agricultores accedan a un abanico más amplio de canales
comerciales.

Serán subvencionables los siguientes gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de
diciembre de 2025

Objetivo de la Ayuda:

subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, con destino a sufragar los gastos para la mejora de la promoción y comercialización
de productos agroalimentarios destinados al mercado interior, procedentes de producciones
agrarias de la isla de Tenerife.

Financiación:

I

Para los gastos contemplados en el apartado a) de la Base 3, el porcentaje de
subvención a conceder por el Cabildo Insular de Tenerife será del 40% de los gastos
considerados como subvencionables, con una subvención máxima de tres mil euros (3.000,00
€) por entidad beneficiaria.

II. Para los gastos contemplados en el apartado b) de la Base 3 (análisis de residuos), el
porcentaje a conceder será del 100% de los gastos considerados como subvencionables, con
máximo de mil euros (1.000,00 €) por entidad beneficiaria.

III. Para los gastos contemplados en el apartado c) de la Base 3 el porcentaje de
subvención a conceder por el Cabildo Insular de Tenerife será del 75% de los gastos
considerados como subvencionables, con una subvención máxima de dos mil euros (2.000,00
€) por entidad beneficiaria.

Todos los conceptos descritos son compatibles, y el importe máximo de la subvención a
percibir por cada entidad beneficiaria no podrá superar la cuantía de seis mil euros (6.000,00
€).

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:
Cabildo Insular de Tenerife

Sector Ayudas:
1Otros

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