CONVOCAN AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE PELÍCULAS ESPAÑOLAS EN FESTIVALES CELEBRADOS ENTRE NOVIEMBRE DE 2024 Y OCTUBRE DE

Beneficiario:

 

Empresas productoras españolas que cumplan los siguientes requisitos:

Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la OrdenCUD/769/2018, en la redacción dada por el artículo Segundo.Uno de la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril

Tener participación efectiva de carácter creativo, técnico y/o de servicios en la producción de la película española objeto de la ayuda;

Haber realizado efectivamente todos o parte de los gastos subvencionables inherentes a la participación de su película en alguno de los certámenes relacionados en la norma tercera.

Enlaces:

 

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
10/11/2025

Normativas:

Plazos:

 

a) para el primer periodo:

1 certámenes que finalizaron antes del día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, diez días naturales a contar desde el día siguiente a dicha publicación: 18 de febrero 2025;

2 certámenes que finalicen entre el día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y el 28 de febrero de 2025, diez días naturales desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;

b) para el segundo periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025, diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;

c) para el tercer periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2025: diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen.

SEDE ELECTRÓNICA

Gastos:

Tipo de Proyecto:

Objetivo de la Ayuda:

 

participación de películas españolas en los festivales y en las ceremonias de entrega de premios cinematográficos de reconocido prestigio, certámenes en adelante, que se finalicen entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 que se relacionan en la norma tercera siempre que dichas películas:

a) Tengan nacionalidad española o esté en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre y se esté tramitando su reconocimiento cuando se solicite esta ayuda, y

b) Cuenten con una invitación previa o hayan sido seleccionadas por parte del promotor del festival o entidad convocante del premio.

Financiación:

 

La cuantía individual de cada ayuda equivaldrá al importe total de los gastos subvencionables efectivamente realizados con ocasión del certamen y expresados en la solicitud con el límite máximo previsto en la dotación indicada en las relaciones de certámenes y, en su caso, teniendo en cuenta ciertas correcciones.

Beneficiarios:
Empresas

Organismos:
Ministerio de Cultura

Sector Ayudas:
Cultura

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