REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL PARA ATENDER FINES DE INTERÉS SOCIAL

Beneficiario:

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector de acción social en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales de análoga naturaleza

Enlaces:

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:

Normativas:

Plazos:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio que en la convocatoria correspondiente se establezca la necesidad de la tramitación por vía de urgencia.

Gastos:

a) Gastos de personal.

b) Gastos de gestión y mantenimiento.

c) Gastos específicos de la ejecución del proyecto. Tendrán dicha consideración los gastos derivados directamente y en exclusiva de la realización del proyecto subvencionado, tanto los realizados para su preparación y ejecución como aquellos en los que se haya incurrido en el desarrollo de la actividad, en cuyo caso se podrá financiar hasta el 100% de su coste.

d) Gastos derivados de la auditoría de cuentas sobre la cuenta justificativa de la totalidad del coste total del proyecto. La realización de la auditoría es preceptiva para todas las entidades y deberá estar recogida obligatoriamente en el plan de financiación, siendo fijada en la correspondiente convocatoria la cuantía máxima subvencionable. En el supuesto de que no se incluya, se solicitará a la entidad subsanación del plan de financiación, dando por desistida la solicitud en el caso de que no se subsane conforme a lo establecido en estas bases.

e) Gastos de inversión.

Tipo de Proyecto:

Línea 1. Promoción de la inclusión social y laboral.

Línea 2. Mejora de la calidad de vida de las personas mayores.

Línea 3. Atención a las personas inmigrantes.

Línea 4. Pueblo Gitano.

Línea 5. Promoción de la participación y el voluntariado.

Línea 6. Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.

Línea 7. Apoyo a la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.

Línea 8. Infancia y familia.

Línea 9. Juventud.

Línea 10. Diversidad.

Línea 11. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género.

Línea 12. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: personas con adicciones.

Línea 13. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: personas con VIH.

Línea 14. Inversión.

Objetivo de la Ayuda:

financiar la realización de proyectos de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la asignación Tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y del Impuesto sobre Sociedades (IRPF, en adelante).

Las subvenciones objeto de estas bases reguladoras irán destinadas a cubrir la atención integral a las necesidades sociales básicas de personas en situación de pobreza o exclusión, cualquiera que sea su causa, así como en situaciones de especial vulnerabilidad, derivadas de discriminaciones por razón de sexo, etnia, edad, discapacidad, dependencia, identidad de género, salud y orientación sexual, en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Financiación:

La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser de hasta el 100% del presupuesto que sea aceptado por la Administración, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos, pueda superar el coste total de la actuación subvencionada.

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:
CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS

Sector Ayudas:

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