Beneficiario:
s
personas que acrediten los requisitos contemplados en las bases reguladoras del programa y más concretamente en su base segunda.
cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las presentes bases, o presenten en el momento de la solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.
A estos efectos, tendrán la consideración de personas físicas aquellas personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
2. Asimismo, la entidad beneficiaria deberá cumplir las siguientes condiciones:
2.1. Que la contratación se realice con la persona que se comprometió a contratar, en el caso de haber sido identificada con la presentación de la solicitud, y que figure inscrita, en la situación de beneficiaria, en el fichero del SNGJ e incluidos en la lista única de demanda y que cumpla el resto de los requisitos establecidos en la base reguladora tercera de la presente Orden.
2.2. Que el compromiso de contratación y la contratación se formalice por los periodos mínimos de exigencias establecidos en las presentes bases y convocatoria.
2.3. Todos los aspectos laborales relativos a la contratación. Los contratos deberán ser suscritos de conformidad con la normativa aplicable en cada momento, con personas jóvenes desempleadas que reúnan los requisitos descritos en la base reguladora tercera siguiente y de conformidad al resto de las condiciones y requisitos consignados en la presentes bases reguladoras y en la respectiva convocatoria. En este sentido, la totalidad de las actuaciones previstas deberán disponer, en el momento de la solicitud, de las autorizaciones y permisos necesarios para el desarrollo de las mismas.
2.4. Las empresas beneficiarias de la subvención han de tener su domicilio social en Canariasas
Enlaces:
RECTIFICACIÓN EXTRACTO DE CONVOCATORIA
AMPLIACIÓN DE CRÉDITO
Fecha Límite:
45763
Normativas:
Plazos:
Periodo primero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de abril de 2024 a agosto de 2024. Fecha de inicio: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la BDNS. Fecha fin: 16 de septiembre de 2024.
Periodo segundo. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de septiembre y octubre de 2024. Fecha de inicio: 17 de septiembre de 2024. Fecha fin: 11 de noviembre de 2024.
Periodo tercero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de noviembre y diciembre de 2024; así como los meses de enero, febrero y marzo de 2025. Fecha de inicio:12 de noviembre de 2024. Fecha fin:16 de abril de 2025.
Gastos:
Tipo de Proyecto:
1. Las personas jóvenes desempleadas a contratar, para participar en este programa, deberán tener más de 16 años y menos de 30 años, y cumplir con los siguientes requisitos:
Objetivo de la Ayuda:
contratos laborales que, reuniendo los condicionantes establecidos en las bases reguladoras, se suscriban en el periodo comprendido desde el 1 de abril de 2024 a 31 de marzo de 2025, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la “vigencia total” de la presente convocatoria.
Financiación:
Tipo de contrato
Contrato de formación en alternancia con
el trabajo retribuido por cuenta ajena
Periodo de suscripción e Importe
Superior a 6 meses e inferior a 12 meses 3.000,00 €
12 meses e inferior a 24 meses 4.000,00 €
24 meses 5.000,00 €
Tipo de contrato
Contrato formativo para la obtención de la
práctica profesional
Periodo de suscripción e Importe
Superior a 6 meses e inferior a 12 meses 3.500,00 €
12 meses 4.000,00 €
Beneficiarios:
Organismos:
CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO
Sector Ayudas:
Empleo
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