TRADUCCIÓN DE LIBROS 2024

Beneficiario:

Podrán solicitar estas subvenciones las personas jurídicas y físicas (autónomos) que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la edición delibros.

Asimismo, quedan excluidas las fundaciones, entidades sin ánimo de lucro así como entidades de carácter público.

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
45462

Normativas:

Plazos:

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado: 19 de junio 2024.

Gastos:

1. Se considera gasto subvencionable exclusivamente el pago al traductor por su labor de
traducción, gasto que de manera indubitada es necesario para la consecución de la finalidad
de estas ayudas, según lo establecido en el apartado 2, dentro del plazo establecido en la
presente Resolución.

2. Sólo se admitirán los gastos realizados y pagados por el beneficiario antes de la
finalización del periodo de justificación.

Tipo de Proyecto:

Objetivo de la Ayuda:

fomento de la traducción de libros entre lenguas del Estado español, y su posterior publicación por parte de la editorial beneficiaria. Estas obras habrán de ser bien literarias, clásicas y contemporáneas, bien científicas, integrantes del patrimonio cultural de España.

Financiación:

Beneficiarios:
Empresas

Organismos:
Ministerio de Cultura

Sector Ayudas:
Cultura

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