Beneficiario:
Podrán solicitar estas subvenciones las personas jurídicas y físicas (autónomos) que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la edición delibros.
Asimismo, quedan excluidas las fundaciones, entidades sin ánimo de lucro así como entidades de carácter público.
Enlaces:
Fecha Límite:
45462
Normativas:
Plazos:
Gastos:
1. Se considera gasto subvencionable exclusivamente el pago al traductor por su labor de
traducción, gasto que de manera indubitada es necesario para la consecución de la finalidad
de estas ayudas, según lo establecido en el apartado 2, dentro del plazo establecido en la
presente Resolución.
2. Sólo se admitirán los gastos realizados y pagados por el beneficiario antes de la
finalización del periodo de justificación.
Tipo de Proyecto:
Objetivo de la Ayuda:
fomento de la traducción de libros entre lenguas del Estado español, y su posterior publicación por parte de la editorial beneficiaria. Estas obras habrán de ser bien literarias, clásicas y contemporáneas, bien científicas, integrantes del patrimonio cultural de España.
Financiación:
Beneficiarios:
Empresas
Organismos:
Ministerio de Cultura
Sector Ayudas:
Cultura
Te podría interesar

Santa Cruz pone en marcha una nueva edición del programa Teje el Porvenir
El proyecto de formación textil, que se desarrollará hasta el 18 de marzo de 2027 y cuenta con la colaboración

Los Bonos Consumo Domingo finalizan esta semana su campaña de 2026
En la convocatoria del pasado fin de semana participaron 38 comercios y se canjearon el 99,83% de los Bonos Consumo

Abierto el plazo de inscripción para la ‘Ruta del Bocadillazo’ del Distrito Suroeste
La iniciativa se desarrollará del 12 de noviembre al 6 de diciembre, por lo que los locales podrán inscribirse hasta