PROYECTOS CULTURALES PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, 2024

Beneficiario:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones, fundaciones y organizaciones
no gubernamentales, todas ellas entidades sin fines de lucro, que tengan entre sus fines
principales la realización, difusión o creación de actividades culturales, que tengan implantación y
sede social en la isla de Tenerife y que hayan sido constituidas con anterioridad al 1 de enero de
2024.

Enlaces:

BASES REGULADORAS

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

Fecha Límite:
45412

Normativas:

Plazos:

La solicitud se formalizará según el modelo normalizado de formulario habilitado en sede
electrónica https://sede.tenerife.es una vez se inicie el plazo de presentación establecido en la
correspondiente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia: 30 DE ABRIL 2024.

Gastos:

Se consideran gastos subvencionables aquéllos que resulten estrictamente necesarios para la
realización del proyecto cultural, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se
realicen dentro de los cuatro (4) meses anteriores al inicio del proyecto cultural y hasta dos (2)
meses después de su fecha de finalización. La preparación del proyecto se puede iniciar con
anterioridad a la fecha de inicio del plazo de realización de la actividad establecida en la
cláusula 4.1.c).

Gastos sujetos a limitación:

 Gastos de personal de la propia entidad solicitante: podrá imputarse hasta un 20%
de la cuantía de la subvención a los gastos de personal de los solicitantes que
estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y dentro de los
plazos establecidos en el apartado anterior. No se somete a esta limitación los
contratos laborales que se firmen para la realización del proyecto exclusivamente.

 Gastos de publicidad: podrá imputarse hasta un 20% de la cuantía de la
subvención recibida en gastos de marketing y publicidad de la actividad
subvencionada.

 Gastos de edición que excepcionalmente formen parte esencial del proyecto
cultural no podrán superar el 15% del total de la cuantía de la subvención, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula 1ª.

 Gastos de montaje de exposiciones de artes plásticas que excepcionalmente
formen parte esencial del proyecto cultural no podrán superar el 15% del total de la
cuantía de la subvención, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 1ª.

Tipo de Proyecto:

Las actividades programadas deben celebrarse entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de
2025. En caso de que las fechas de inicio o de finalización sean anteriores o posteriores
respectivamente a las indicadas, derivadas de la existencia de un motivo relacionado con el
desarrollo del proyecto o por ajustes horarios o de agenda, entre otros, se aceptarán las
solicitudes siempre que la mayoría de las actividades del proyecto se lleven a cabo dentro del
período indicado.

Los proyectos o actividades culturales se clasifican en cuatro modalidades:

Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 50.000 €.

Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 30.000 €.

Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 5.000 €.

Proyectos de especial relevancia para la isla de Tenerife con presupuestos
superiores a los 100.000 € y al menos 10 ediciones celebradas en los últimos 12
años

Objetivo de la Ayuda:

ayudas a
entidades del sector cultural y creativo para la realización de propuestas de actividad cultural
establecidas alrededor de la protección de la creatividad y el creador, la defensa del acceso en
igualdad de condiciones de la ciudadanía a los procesos culturales de nuestro tiempo, la
consolidación de la iniciativa privada local dedicada a la actividad cultural y creativa, la pervivencia
de la experimentación, y la continuidad de la tradición. Entre estas actividades se cuentan la
creación, la producción, la difusión y la conservación de los bienes y servicios que encarnan
expresiones culturales, artísticas o creativas, así como otras tareas afines; en particular, la
literatura, el audiovisual, el diseño, la música y el arte sonoro, las artes escénicas y del
movimiento y las artes visuales.

A los efectos de las presentes bases se entenderán por «entidades del sector cultural y creativo»
aquéllas cuyas actividades tengan una relación directa con las expresiones artísticas descritas en
el párrafo anterior.

Financiación:

MODALIDAD A (≥50.000€):

La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación hasta el 50 %
del coste total del proyecto y por un importe máximo de 35.000 €. En ningún caso el
importe de la subvención podrá ser superior al 50% del gasto total realizado.

MODALIDAD B (≥30.000€):

La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación hasta el 60%
del coste total del proyecto y por un importe máximo de 22.500€. En ningún caso el
importe de la subvención podrá ser superior al 65% del gasto total realizado

MODALIDAD C (≥5.000€):

La subvención consistirá en las necesidades de financiación hasta el 80% del
presupuesto total del proyecto y con un importe máximo de 12.000,00 €. En ningún caso
el importe de la subvención podrá ser superior al 80% del gasto total realizado.

MODALIDAD D (proyectos o festivales de especial relevancia):

La subvención consistirá en las necesidades de financiación del proyecto hasta una
cantidad máxima de 80.000 €. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser
superior al 40% del total presupuestado ni del gasto total a realizar

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:
Cabildo Insular de Tenerife

Sector Ayudas:
Cultura

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