ESTANCIAS FORMATIVAS DE JÓVENES AGRICULTORES 2023

Beneficiario:

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las organizaciones profesionales
agrarias de carácter general y ámbito estatal, así como las entidades, asociaciones y
organizaciones representativas de los sectores agrícola y ganadero de ámbito nacional
sin ánimo de lucro. Tal como establece el artículo 2 del Real Decreto 425/2021, de 15
de junio, las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener personalidad jurídica.

b) Tener ámbito de actuación e implantación supraautonómicos y que conste en sus
estatutos.

c) Recoger explícitamente entre sus fines estatutarios la formación y el desarrollo
profesional y mejora de la cualificación.

d) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
45194

Normativas:

Plazos:

Las solicitudes de ayuda, acompañadas de la correspondiente documentación,
se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán conforme
a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, por vía electrónica mediante
certificado digital válido y compatible a través del Registro Electrónico General,
disponible en el Punto de Acceso General Electrónico (PAGe), o de la sede electrónica
asociada del Departamento (https://sede.mapa.gob.es/) debiendo cumplimentarse el
formulario de solicitud, que estará accesible en la misma sede, y adjuntando los
restantes documentos requeridos.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 45 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado»: 25 de septiembre 2023.

Gastos:

Las estancias formativas serán gratuitas para las personas participantes,
por lo que se les pagarán los gastos derivados de su participación en estas, incluyendo
gastos de locomoción, manutención, alojamiento, de sustitución en su explotación por
ausencia durante su participación en las estancias formativas, así como se
subvencionarán los costes de la cobertura del seguro y, en caso necesario, los costes
de pruebas requeridas o recomendadas por las autoridades sanitarias por motivos de
salud pública de las personas participantes.

Así mismo, se pagarán los gastos de acogida y formación por parte de los
anfitriones o anfitrionas y, en caso necesario, los costes de pruebas requeridas o
recomendadas por las autoridades sanitarias por motivos de salud pública de los
mismos.

Los gastos de acogida y formación del apartado 3.11 anterior será obligatorio y no podrá
ser inferior a 200 euros por día.

Tipo de Proyecto:

Las estancias formativas deberán abordar alguna de las siguientes temáticas,
entre otras:

– Mecanización, incorporación y uso de tecnologías en los procesos productivos.

– Agua: técnicas y tecnologías para un uso racional.

– Manejo del cultivo agrícola y del suelo, laboreo y técnicas de fertilización.

– Sanidad vegetal.

– Sanidad, alimentación y bienestar animal.

– Recuperación y manejo de razas autóctonas.

– Uso de tecnologías digitales.

– Incorporación de criterios ambientales y climáticos y prácticas sostenibles.

– Mitigación y adaptación al cambio climático.

– Prácticas y métodos de producción ecológica e integrada.

– Gestión de subproductos y residuos.

– Plurifuncionalidad y compatibilización de uso de los espacios naturales.

– Sistemas de acreditación de calidad diferenciada.

– Diversificación, transformación y comercialización agroalimentaria.

– Planificación y gestión económica y financiera de las explotaciones.

– Modelos de gestión de la tierra, traspaso de fincas e inversiones en tierras.

– Cooperativismo agroalimentario y otras fórmulas de asociacionismo

– Vías de cooperación con organismos de investigación y desarrollo,
universidades y entidades de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación,
para innovar en tecnologías, técnicas, prácticas y métodos.

En las estancias se impartirá al menos una media de 7 horas/día de
formación, incluyendo la formación dentro de la explotación y las visitas técnicas
complementarias a otros organismos, entidades, asociaciones, cooperativas y otras
explotaciones agrarias de la zona.

Las visitas técnicas complementarias no podrán suponer más del 25% del
total de horas formativas de cada estancia.

En cada estancia formativa podrán participar entre 1 y 5 jóvenes.

Las estancias del plan, para poder ser objeto de estas ayudas, deberán desarrollarse
desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de las ayudas hasta
el 31 de julio de 2024.

Objetivo de la Ayuda:

subvenciones para el ejercicio 2023, destinadas a la organización del programa CULTIVA relativo a estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo.

Financiación:

los módulos subvencionables será por número de jóvenes y días de formación: mínimo 7.419€ hasta máximo 27.900€

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:

Sector Ayudas:
Formación

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