SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES (2022)

Beneficiario:

s

empresarios colectivos (sociedades) que acrediten
disponer de oficina permanente en la isla de Tenerife
con anterioridad al 30 de junio de 2020 o empresarios
individuales (autónomos) naturales de Tenerife o con
residencia en la Isla anterior a dicha fecha, y que
estén inscritos como productoras audiovisuales en el
Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias o
en el Registro de Empresas Cinematográficas y
Audiovisuales del Ministerio de Cultura y Deporte,
y desarrollen su actividad habitual en Tenerife. Quedan
expresamente excluidos de las presentes subvenciones
los operadores de televisión u otros prestadores de
servicios de comunicación audiovisual.

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
44669

Normativas:

Plazos:

El plazo de presentación de solicitudes será de
VEINTE (20) DÍAS NATURALES a partir del día
siguiente a la publicación del presente extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Cruz de Tenerife. Cada solicitante podrá presentar
hasta 5 proyectos, con un límite de dos como máximo
por modalidad; teniendo en cuenta que en ningún caso
un mismo solicitante podrá ser beneficiario de más
de una subvención por modalidad ni más de dos
proyectos de distintas modalidades en total: 18 de abril 2022

SEDE ELECTRÓNICA

Gastos:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada,
resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria y en la resolución
de concesión o en sus posibles modificaciones.

En la modalidad D (Desarrollo) se consideran gastos subvencionables, entre otros, la mejora del guión, la
búsqueda de localizaciones, la identificación del casting, las gestiones para el logro de recursos económicos,
los planes iniciales de venta, los asesoramientos de terceros en relación con aspectos tecnológicos del proyecto,
la adquisición de derechos y la investigación en archivos, en los casos que fuera necesario.

El coste de los gastos subvencionables deberá estar ajustado al valor de mercado.
Solamente serán imputables a la subvención los gastos correspondientes al período desde el 1 de enero de
2022 hasta el fin del plazo de justificación, de conformidad con el artículo 31 de la LGS, salvo que se acuda a
la figura de la subcontratación regulada en los artículos 29 de la LGS, 68 del RLGS y 11 de la Orden
CUL/2912/2010.

Tipo de Proyecto:

Los proyectos
para los que se solicite subvención deben realizarse
a partir del 1 de enero de 2022. Se podrá subvencionar
la producción de largometrajes de imagen real, de ficción
o documental a partir de 60 minutos de duración
(modalidad A), y cortometrajes de duración igual o
inferior a 30 minutos (modalidades B y C); y el
desarrollo de largometrajes (modalidad D).

MODALIDAD A: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real, de ficción o documental.

– La duración deberá ser igual o superior a 60 minutos.

– El plazo máximo de realización será de TREINTA Y SEIS MESES a partir de la fecha de inicio indicada
por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2024.

MODALIDAD B: Producción de cortometrajes de imagen real, de ficción o documental.

– La duración deberá ser igual o inferior a 30 minutos.

– El plazo máximo de realización será de VEINTICUATRO MESES a partir de la fecha de inicio indicada
por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2023.

MODALIDAD C: Producción de cortometrajes de animación.

– La duración deberá ser igual o inferior a 30 minutos.

– El plazo máximo de realización será de VEINTICUATRO MESES a partir de la fecha de inicio indicada
por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2023.

MODALIDAD D: Desarrollo de largometrajes de imagen real, ficción o documental; y animación.

– Se subvencionarán un máximo de seis (6) proyectos dentro de esta modalidad.

– El plazo máximo de realización será de VEINTICUATRO MESES a partir de la fecha de inicio indicada
por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Objetivo de la Ayuda:

fomentar la creación artística audiovisual
y promover la generación de nuevas propuestas
narrativas de especial valor artístico audiovisual y
cinematográfico en la isla de Tenerife

Financiación:

El importe aprobado para la presente convocatoria
asciende a la cantidad de quinientos cincuenta mil
(550.000) euros, para subvencionar un máximo de ocho
(8) proyectos dentro de la modalidad A e igual número
dentro de la B, por un importe fijo de 45.000 euros
y de 10.000 euros por proyecto, respectivamente; un
(1) proyecto dentro de la modalidad C, por un importe
fijo de 20.000 euros; y un máximo de seis (6) proyecto dentro la modalidad D, por un importe fijo de 15.000
euros por proyecto.

Beneficiarios:
Empresas y autónomos

Organismos:
Cabildo Insular de Tenerife

Sector Ayudas:
Cultura

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