SUBVENCIONES DESTINADAS A LA DOTACIÓN DE MATERIAL DE LUDOTECAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL DE LA ISLA

Beneficiario:
​​

Podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones que regulan las Bases, los
Ayuntamientos de la isla de Tenerife o sus Organismos públicos dependientes, que habrán de
reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en
el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a los
requisitos para obtener la condición de beneficiarios, debiendo mantenerse los mismos durante
el período de ejecución de proyectos y de justificación de la subvención concedida

Enlaces:
​​ CONVOCATORIA​​

Fecha Límite:
43346

Normativas:

Plazos:
​​

3 de septiembre 2018

Gastos:
​​

Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos inventariables derivados de
la adquisición de enseres y maquinaria relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, audiovisual y otros dispositivos digitales necesarios para la atención y
prestación de los servicios de su ámbito de actuación, tales como:

​​

– Ordenadores, fijos o portátiles, tablets e impresoras.

​​

– Televisores, reproductores de audio y video.

​​

– Equipos de reproducción de audio.

​​

– Material orientada al visionado de todo tipo de material audiovisual (Cañón,
retroproyector, etc.).

​​

– Software lúdico-educativo.

​​

– Videojuegos y videoconsolas.

​​

– Otros de naturaleza análoga

​​

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las solicitudes relativas a la
adquisición de material de producción audiovisual (cámaras de grabación de sonido, de
video y fotografía, o con funciones similares).

Tipo de Proyecto:

Objetivo de la Ayuda:
​​

dotación de
material de ludotecas de la isla de titularidad municipal para el ejercicio 2018
(Ayuntamientos o sus organismos públicos dependientes). Se entenderá a estos efectos por
ludotecas aquellos centros, servicios o espacios delimitados, que tienen como finalidad
principal garantizar el derecho de los menores al juego y a un ocio que promueva su desarrollo
integral y que dispongan como mínimo de los siguientes medios y recursos para su
funcionamiento:

​​

-­‐ Contar con un Proyecto Educativo Específico de Ludotecas (PEEL), destinado a
la promoción del derecho al juego y al juguete.

​​

-­‐ Contar con instalaciones destinadas al uso y préstamo de material lúdico,
estando dotados de un fondo organizado de juegos, juguetes y otros elementos
adecuados a su finalidad.

​​

-­‐ Contar con personal cualificado para el asesoramiento, formación y
dinamización de talleres para el uso de dichos materiales, tanto a niños y
adolescentes como a sus padres y madres.

​​

-­‐ Atender en horario o calendario no lectivo a niños con un rango de edad, como
mínimo, entre los 4 y 12 años, ambos inclusive.

​​

-­‐ Podrá tener carácter itinerante siempre y cuando cuente con un centro
permanente como base de referencia.

​​

De acuerdo con la definición anterior, no tendrán la consideración de proyectos
subvencionables en el ámbito de las presentes Bases los siguientes:

​​

1. Los derivados de Escuelas Infantiles,

​​

2. Los derivados de Centros y Servicios de Día de atención a menores.

​​

3. Los derivados de Centros y Parques de Ocio Infantil.

​​

4. Los derivados de Casas de Juventud o recursos similares de atención a jóvenes
de más de 14 años,

​​

5. Los Proyectos destinados a la realización de eventos puntuales de animación y
ocio y tiempo libre, actividades extraescolares o servicios de acogida temprana
en centros escolares.

Financiación:
​​

– Los fondos destinados a esta convocatoria, cuya cuantía asciende a 80.000 €,
se repartirán en base al orden establecido por la puntuación obtenida en la valoración de las
solicitudes, y conforme a la Base octava, debiendo obtener para ello una puntuación igual o
superior a 50.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada. En este caso se procederá al reintegro de la diferencia

Beneficiarios:
Administración Local

Organismos:
Cabildo Insular de Tenerife

Sector Ayudas:
Asuntos Sociales

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