PLANES DE FORMACIÓN DIÁLOGO SOCIAL

Beneficiario:

a) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas, a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias:

– Las organizaciones sindicales que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

– Las asociaciones empresariales que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en la Disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas, para la consecución de cualesquiera de esos fines.

b) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas, a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva:

– Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales de ámbito en la Comunidad Autónoma de Canarias, que participan dentro de dicho ámbito, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas, para la consecución de tales fines. A efectos de las subvenciones recogidas en esta letra b), se consideran de ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las organizaciones sindicales y empresariales que estén legitimadas para la negociación colectiva dentro de dicho ámbito geográfico y funcional.

2. En los supuestos contemplados en el apartado anterior, no podrán ser beneficiarias las organizaciones que se encuentren integradas en una entidad de ámbito federal o confederal más amplia, cuando la Federación o la Confederación de la que formen parte sea también beneficiaria de las subvenciones previstas en esta letra b).

En el caso de que la solicitante sea una fundación u otra entidad constituida por una organización sindical o asociación empresarial, sustituirá a esta última a todos los efectos previstos en estas bases.

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
45590

Normativas:

Plazos:

Con independencia de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes y de la documentación que la acompaña, será de 10 días hábiles a partir de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias: 25 DE OCTUBRE 2024.

Las solicitudes y todos los trámites señalados en esta Resolución se presentarán en la Sede electrónica del Gobierno de Canarias https://sede.gobiernodecanarias.org/sede, a través del siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/tramites/7676

Gastos:

Tipo de Proyecto:

Objetivo de la Ayuda:

financiación de planes de formación cuyo ámbito sea la Comunidad Autónoma de Canarias, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Financiación:

La cuantía de la subvención se calculará con arreglo a la metodología establecida en la base decimocuarta de las bases reguladoras, teniendo en cuenta, al menos el presupuesto destinado a la financiación de las actividades formativas, la representatividad de las organizaciones solicitadas en el respectivo ámbito, la valoración técnica obtenida y los módulos económicos máximos establecidos para esta convocatoria en los Anexos II y III.

Beneficiarios:
Entidad sin ánimo de lucro

Organismos:
CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO

Sector Ayudas:

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