EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ECONOMÍA CIRCULAR DE EMPRESAS TURÍSTICAS UBICADAS EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Beneficiario:

Podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que respondan a la descripción de establecimiento turístico recogida en la normativa sectorial, así como otras actividades económicas vinculadas al sector turístico, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y que:

a) Realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

b) Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o, en su caso, en la Agencia Tributaria Canaria.

c) Que estén dados de alta en el Registro Turístico de Canarias.

d) Y que su actividad esté clasificada bajo alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

ALOJATIVO

RESTAURACIÓN

OTROS

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES

MODIFICACIÓN BASES REGULADORAS ENERO 2025

MODIFICACIÓN EXTRACTO DE CONVOCATORIA https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2025/046/924.html

MODIFICACIÓN BASES REGULADORAS MARZO 2025

MODIFICACIÓN BASES REGULADORAS ABRIL 2025

AMPLIACIÓN DE CRÉDITO

Fecha Límite:
45838

Normativas:

Plazos:

El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y estará abierto hasta la existencia de crédito presupuestario y no más allá del 30 de junio de 2025, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha

La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través del siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9987

Gastos:

a) Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, de los certificados
de eficiencia energética previstos en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, cuando éstos sean exigidos.

b) Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.

c) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de
ayuda.

d) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.

e) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.

f) La inversión en equipos y materiales efectuada.

g) Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de
estas ayudas.

h) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.

i) El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.

j) El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un
organismo de control o entidad de control.

k) Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación.

l) Cuando por motivo de la actuación sea necesario retirar aquellos productos de construcción que contengan
amianto, la retirada deberá realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 396/2006, de 31 de
marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con
riesgo de exposición al amianto, por una empresa legalmente autorizada. La gestión de los residuos
originados en el proceso deberá realizarse conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de
residuos y suelos contaminados y en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la
producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

m)Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los criterios de la «Guía
para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente», publicada por el Ministerio para la Transición y el Reto Demográfico.

Tipo de Proyecto:

a) Proyectos de mejora de eficiencia energética, como: implantación de sensores que permitan la monitorización de los consumos y optimicen los ahorros energéticos, de alimentos y de agua; impulsar la implantación de sistemas de gestión energética, como la certificación según la ISO 50001; el uso de materiales que favorezcan el aislamiento térmico; el uso de tecnologías más eficientes en materia energética; y el uso de elementos exteriores, como sombras o jardines, entre otros, que permitan amortiguar los efectos del cambio climático.

b) Medidas de gestión de residuos: Plan para la segregación de residuos en origen y posterior recogida separada y de equipamiento para la preparación, para la reutilización y reciclado; actuaciones orientadas a la reutilización y reciclado de residuos de la actividad turística.

c) Acciones que fomenten la producción y obtención de suministros locales de proximidad (Km 0).

d) Mejoras en las instalaciones y equipos: en materia de iluminación, como el control de presencia, la iluminación de bajo consumo; o en materia de electrodomésticos eficientes; o de instalaciones térmicas como el aislamiento de calderas o tuberías; así como intervenciones en terminales de climatización eficiente; sistemas de ventilación eficiente; sustitución de combustibles o calderas de alta eficiencia; almacenamiento térmico y eléctrico; solar térmica para ACS y climatización, solar térmica para piscinas o solar fotovoltaica.

e) Digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios: control integral de todos los sistemas del inmueble; así como, por ejemplo, la optimización del encendido y apagado de equipos para reducir los consumos innecesarios.

f) Concienciación y formación de plantilla y sensibilización de clientes respecto a sencillas acciones que repercuten en la eficiencia energética, como temperaturas razonables (ventanas cerradas durante climatización, luces apagadas, persianas bajadas, recambio de toallas y sábanas diario), y formación específica de personal técnico de las plantillas en el uso de las nuevas tecnologías que se incorporen al inmueble.

Notificada la resolución de concesión a la persona o entidad beneficiaria y aceptada la misma, dispondrá hasta el 1 de marzo de 2026 para la conclusión de las actuaciones.

Objetivo de la Ayuda:

financiación de proyectos de entidades del sector privado destinados a la mejora en eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos y de actividades económicas vinculadas al sector turístico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C14.I4).

Financiación:

Las ayudas se concederán por empresa hasta un máximo de 150.000 €, pudiendo solicitar para uno o
más proyectos, siempre que la suma total de las solicitudes no supere esa cantidad, por entidad y dentro de
los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo al régimen de minimis.

De acuerdo a la definición establecida en el artículo 2.2 del Reglamento (UE) 2831/2023, la entidad
beneficiaria, como única empresa, no puede percibir ayudas de minimis procedentes de administraciones o
entidades públicas o privadas financiadas con cargo a los presupuestos públicos por importe superior a
300.000 euros en el periodo de tres ejercicios fiscales.. El solicitante deberá aportar declaración de ayuda de
minimis y de condición de única empresa. (Anexos XIII y XII, respectivamente).

Así, a partir de 2024, el límite máximo de ayuda se establece en los 300.000 euros, durante un periodo de
tres ejercicios fiscales para una única empresa.

Beneficiarios:
Empresas

Organismos:
CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO

Sector Ayudas:
1Turismo

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