Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA LÍNEA 1: SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES RECREATIVAS EN EL MARCO DE LAS "SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DIRIGIDOS A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL O EN RIESGO DE PADECERLA (2024)"
OBJETIVO:
«Subvención para el fomento de
actividades recreativas», dirigida a promover la inclusión social de niñas, niños y adolescentes en
situación de exclusión social o riesgo de padecerla, a través de actividades culturales, deportivas y/o de
ocio y tiempo libre
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Toda entidad que quiera ser beneficiaria de la subvención deberá cumplir con los siguientes requisitos
generales:
Que conste inscrita en el Registro oficial correspondiente.
Que entre sus ámbitos de actuación esté la isla de Tenerife.
Que haya transcurrido, al menos, un año desde su constitución, tomando como referencia el último día
del plazo establecido para la presentación de solicitudes de subvención a la presente línea.
Ser de naturaleza jurídica privada y, por tanto, que no pertenezca al sector público.
No poseer ánimo de lucro y tener carácter altruista.
Que tenga domicilio social o, en su ausencia, sede en la isla de Tenerife. La acreditación de este
requisito se realizará mediante los estatutos de la entidad. En caso de que en estos conste que el
domicilio social se encuentra en territorio distinto a la isla de Tenerife, se deberá acreditar que cuenta
con sede en la citada Isla mediante la cumplimentación del Anexo I.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las entidades beneficiarias de la subvención deberán ejecutar las actividades necesarias
para el desarrollo del proyecto objeto de subvención en los catorce (14) meses siguientes a
la publicación del anuncio de la Resolución por la que se resuelve la convocatoria y se
concede la citada subvención, comenzando a computarse dicho plazo desde el día siguiente
a dicha publicación.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de
personal
Gastos de
contratación de
trabajos
realizados por
empresas,
entidades o
profesionales
autónomos
Gastos para el
desarrollo de
actividades
Gastos de
transporte para
el desarrollo de
actividades
Gastos de
publicidad,
propaganda y
difusión del
proyecto y sus
actividades
Gastos de
asesoría para la
gestión de los
gastos que se
deriven de la
ejecución del
proyecto
(gestión de
nóminas,
contratación de
profesionales,
pagos de
impuestos, etc.)
Gastos de
auditoría
externa
FINANCIACIÓN:
Se concederá subvención a un número limitado de 8 proyectos. De tal manera que los 8 proyectos que
obtengan mejor puntuación, según los criterios de valoración establecidos en la base 11, serán los que
reciban subvención por importe de diez mil euros (10.000,00 €)
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de la solicitud será de VEINTE (20) DIAS HÁBILES a contar desde el día
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Cruz de Tenerife: 5 de julio 2024.
e, la única vía disponible para el acceso a
la solicitud es a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife
(https://sede.tenerife.es)