Cabildo Insular de Tenerife
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓNDE PROYECTOS AUDIOVISUALES 2020
OBJETIVO:
Se pretende favorecer las producciones locales, la creación de tejido empresarial y laconsolidación de proyectos audiovisuales en sus diferentes géneros cinematográficos, que tengan valor artísticoy cultural y que se estén realizando o comiencen a realizarse entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de2021.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán participar en esta convocatoria de subvenciones los empresarios colectivos(sociedades) o empresarios individuales (autónomos), constituidos como productoras audiovisuales independientesque acrediten disponer de oficina permanente en la isla de Tenerife con anterioridad al 30 de junio de 2019, yque estén inscritos como productoras audiovisuales en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias oen el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Ministerio de Cultura y Deporte, y desarrollensu actividad habitual en Tenerife
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
MODALIDAD A: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real, de
ficción o documental.
- La duración deberá ser igual o superior a 60 minutos.
- El plazo máximo de realización será de 24 meses a partir de la fecha de inicio
indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de
2022.
- Se subvencionarán un máximo de ocho (8) proyectos dentro de esta
modalidad.
- La subvención consistirá en un importe fijo de 30.000 € por proyecto.
- La entidad solicitante deberá garantizar, con ingresos ajenos a esta
subvención, la financiación restante hasta completar el presupuesto total del
proyecto.
MODALIDAD B: Producción de cortometrajes de imagen real, de ficción o
documental.
- La duración deberá ser igual o inferior a 30 minutos.
- El plazo máximo de realización será de 24 meses a partir de la fecha de inicio
indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de
2022
- Se subvencionarán un máximo de ocho (8) proyectos dentro de esta
modalidad.
- La subvención consistirá en un importe fijo de 8.000 € por proyecto
MODALIDAD C: Producción de cortometrajes de animación.
- La duración deberá ser igual o inferior a 30 minutos.
- El plazo máximo de realización será de 24 meses a partir de la fecha de inicio
indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de
2022
- Se subvencionarán un (1) proyecto dentro de esta modalidad.
- La subvención consistirá en un importe fijo de 16.000 €.
MODALIDAD D: Desarrollo de largometrajes de imagen real, de ficción o documental;
y de animación.
- Se subvencionarán un máximo de tres (3) proyectos dentro de esta modalidad.
- El plazo máximo de realización será de 12 meses a partir de la fecha de inicio
indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de
2021.
- La subvención consistirá en un importe fijo de 10.000 € por proyecto.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la
actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo
establecido en esta convocatoria y en la resolución de concesión o sus posibles
modificaciones.
El coste de los gastos subvencionables deberá estar ajustado al valor de mercado.
Sólo se admitirán los gastos realizados por el beneficiario dentro del período de
realización de la actividad y con fecha hasta fin del periodo de justificación, de
conformidad con el art. 31 de la LGS, salvo que se acuda a la figura de la
subcontratación regulada en los artículos 29 de la LGS, 68 del RLGS y 11 de la Orden
CUL/2912/2010.
1. El importe subvencionable relativo a la categoría profesional de productor/a
ejecutivo/a, no podrá exceder del 5% de la cuantía total del proyecto
presentado.
2. El importe subvencionable relativo a la categoría profesional de director/a, no
podrá exceder del 9% de la cuantía total del proyecto presentado.
3. En caso de que una misma persona realice múltiples funciones dentro de la
obra, el importe de gasto de personal subvencionable destinado a esa persona
no podrá sobrepasar, en ningún caso, el 20% del total de la cuantía
presupuestada para el proyecto presentado.
FINANCIACIÓN:
Se subvencionarán un máximo de ocho (8) proyectos dentro de la modalidad A, por unimporte fijo de 30.000 euros por proyecto; un máximo de ocho (8) proyectos dentro de la modalidad B, por unimporte fijo de 8.000 euros por proyecto; un (1) proyecto dentro de la modalidad C, por un importe fijo de 16.000euros; y un máximo de tres (3) proyectos dentro la modalidad D, por un importe fijo de 10.000 euros por proyecto