Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS PROMOVIDOS POR ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA INCENTIVAR Y DESARROLLAR LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN PROYECTOS QUE TENGAN COMO OBJETIVO LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL, DURANTE EL EJERCICIO DE 2022
OBJETIVO:
financiación de proyectos innovadores promovidos por las entidades sin ánimo de lucro para la transformación territorial, que desde una dimensión económica, social, medio ambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 3 de la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.
1.º Tener un ámbito territorial de actuación supraprovincial, autonómico o estatal.
2.º Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades alineadas con el objeto descrito en el artículo 1.
3.º Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro a aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
4.º Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.
5.º Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello, de conformidad con los criterios de valoración enumerados en el artículo 9.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán financiables los gastos contraídos desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2024
A) Gastos de personal
b) Gastos de viajes y manutención
c) Gastos de actividades
d) Gastos de revisión de la cuenta justificativa
FINANCIACIÓN:
Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable
El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser inferior a 15.000,00€ ni
superar el importe de 200.000,00€.