Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A PROYECTOS CULTURALES EN EL ÁMBITO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE MUSEOS Y CENTROS DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE
OBJETIVO:
otorgamiento de ayudas, en régimen de concurrencia
competitiva, a entidades del sector educativo-cultural y de producción artística para la realización
de proyectos en el ámbito de los espacios de los museos y centros pertenecientes al Organismo
Autónomo de Museos y Centros del Cabildo Insular de Tenerife, o vinculados con las materias y
objetivos de los mismos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
- Las empresas o empresarios y empresarias individuales que tengan su sede social y fiscal en la
isla de Tenerife o quienes, no teniendo sede social y fiscal en la isla de Tenerife, realizan la
solicitud para actividades que se desarrollen en la isla de Tenerife.
- Las asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, todas ellas sin fines de
lucro, que tengan entre sus fines principales la realización, difusión o creación de actividades
culturales, y que tengan implantación y/o sede social en la isla de Tenerife constituidas con
anterioridad al 1 de enero de 2024, o quienes, no teniendo sede social y fiscal en la isla de Tenerife,
realizan la solicitud para actividades que se desarrollen en la isla de Tenerife.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Modalidad A. Proyectos o actividades culturales de tipo expositivo.
Modalidad B. Proyectos de tipo educativo, artístico, medioambientales y de captación de
audiencias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se consideran gastos subvencionables aquéllos que resulten estrictamente necesarios para la
realización del proyecto, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro
de los cuatro (4) meses anteriores al inicio del proyecto y hasta dos (2) meses después de su fecha de
finalización. La preparación del proyecto se puede iniciar con anterioridad a la fecha de inicio del plazo
de realización de la actividad
Los gastos financieros y los gastos de expertos para la realización del proyecto subvencionado y
los de administración específicos, podrán ser subvencionables si están exclusivamente relacionados
con la actividad subvencionada, y son indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la
misma.
FINANCIACIÓN:
Modalidad A. Proyectos o actividades culturales de tipo expositivo.
La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación, hasta el 90 % del
coste total del proyecto, y por un importe máximo de 50.000,00 €. En ningún caso el importe de
la subvención podrá ser superior al 90% del gasto total realizado.
Se podrán subvencionar proyectos dentro de esta modalidad hasta un máximo inicial de
70.000,00 €.
Solo se podrá presentar a esta modalidad un (1) proyecto por solicitante.
En todos los casos, el solicitante deberá garantizar, con ingresos propios o ajenos a esta
subvención, la financiación restante hasta completar el presupuesto total del proyecto.
Modalidad B. Proyectos de tipo educativo, artístico, medioambientales y de captación de
audiencias.
La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación, hasta el 90 % del
coste total del proyecto, y un importe máximo de 40.000,00 €. En ningún caso el importe de la
subvención podrá ser superior al 90% del gasto total realizado.
Se podrán subvencionar proyectos dentro de esta modalidad hasta un máximo inicial de
70.000,00 €.
Sólo se podrán presentar a esta modalidad un máximo de dos (2) proyectos por solicitante
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