Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 28 DE JUNIO DE 2024 DE LA PRESIDENCIA DEL CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E. (CDTI), POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2024 DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS AL "PROGRAMA MISIONES DE CIENCIA E INNOVACIÓN", DENTRO DEL DEL PROGRAMA DE TRANSFERENCIA Y COLABORACIÓN DEL PEICTI 2024-2027, EN EL MARCO DEL PRTR.
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2024 DE LA PRESIDENCIA DEL CDTI POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2024 DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS AL "PROGRAMA DE MISIONES DE CIENCIA E INNOVACIÓN", DENTRO DEL PROGRAMA DE TRANSFERENCIA Y COLABORACIÓN DEL PLAN ESTATAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA Y DE INNOVACIÓN 2024-2027, EN EL MARCO DEL PRTR
OBJETIVO:
apoyo a proyectos de I+D empresarial en cooperación
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
agrupaciones de personas jurídicas
Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, según la definición del anexo 1, apartado 8 de la Orden CIN/373/2022 de 26 de abril, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en España.
Se exceptúan del concepto anterior y, por tanto, no podrán adquirir la condición de beneficiario a efectos de la presente convocatoria, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro, los autónomos o personas físicas, las asociaciones o fundaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas), los colegios profesionales, las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos: Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y un presupuesto elegible máximo de 6.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.
los proyectos deberán ser plurianuales de modo que parte de los mismos deberán realizarse en el año 2024, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2024. Los proyectos deberán finalizar el 31 de diciembre de 2025
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a
Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores,
técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén
dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse
gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como
de personal autónomo socio de la empresa.
b. Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y
durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de
que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil
para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables
los costes de amortización correspondientes a la duración del
proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables
generalmente aceptados.
c. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y
patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas
en condiciones de plena competencia, así como los costes de
consultoría y servicios equivalentes destinados de manera
exclusiva al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes
correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la
gestión y tramitación de la financiación solicitada, salvo las de
actividades de consultoría para el apoyo en las labores de
coordinación del representante de la agrupación, con un límite
máximo de 15.000 euros.
d. Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales,
incluidos los costes de material, suministros y productos similares,
que deriven directamente del proyecto.
e. El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en
el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta 2.500 euros por
beneficiario.
. Los costes indirectos se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes
de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje del 20% sobre los
gastos directos del proyecto (letras a) a d) del apartado anterior)
válidamente justificados, en virtud de lo previsto en el Reglamento (UE)
651/2014, de 17 de junio.
FINANCIACIÓN:
Investigación industrial:
Pequeña empresa: 70%
Mediana empresa: 60%
Gran empresa: 50%
Desarrollo empresarial:
Pequeña empresa: 45%
Mediana empresa: 35%
Gran empresa: 25%
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 10 de julio de 2024 y finalizará el día 6 de septiembre de 2024, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.