Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
ORDEN TDF/436/2024, DE 10 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2026, EL PLAN DE DIGITALIZACIÓN DE PYMES 2021-2025 Y EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA –FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA– NEXT GENERATION EU (PROGRAMA AGENTES DEL CAMBIO–KIT CONSULTING).
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 10 DE JUNIO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, POR LA QUE SE CONVOCA LAS AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL SEGMENTO A, B Y C EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2026, EL PLAN DE DIGITALIZACIÓN DE PYMES 2021-2025 Y EL PRTR -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXT GENERATION EU (PROGRAMA AGENTES DEL CAMBIO-KIT CONSULTING)
OBJETIVO:
apoyo a la transformación digital de las pequeñas y medianas empresas mediante la concesión de ayudas para la contratación de servicios de asesoramiento.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las PYMEs cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
2. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las PYMEs de entre 10 y menos de 250 empleados, de conformidad con la definición del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
3. Se establecen los siguientes segmentos de beneficiarios según el número de empleados:
a) Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
b) Segmento B: Empresas de entre 50 y menos de 100 empleados.
c) Segmento C: Empresas de entre 100 y menos de 250 empleados.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
La prestación de Servicios de Asesoramiento por el Asesor Digital Adherido se realizará en un plazo máximo de tres (3) meses, a contar desde la validación del Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento conforme al artículo 30, salvo que las convocatorias establezcan un plazo superior.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables, en el marco de las cuantías máximas establecidas en el artículo anterior, los gastos en que incurra el beneficiario para la contratación de servicios de asesoramiento para la transformación digital de las PYMEs, disponibles en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
FINANCIACIÓN:
Segmento A. Empresas entre 10 menos de 50 empleados. 12.000
Segmento B. Empresas entre 50 y menos de 100 empleados. 18.000
Segmento C. Empresas entre 100 y menos de 250 empleados. 24.000
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 18 de junio de 2024 a las 11:00 horas hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de las Bases Reguladoras. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la Convocatoria.
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