Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
RESOLUCIÓN DE 17 DE MARZO DE 2021 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA 2021, DEL PROGRAMA DE ASOCIACIONES DE LA ORDEN ESS/1613/2012, DE 19 DE JULIO
OBJETIVO:
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1.Se entienden como gastos de funcionamiento de las entidades, objeto de este programa, los de personal vinculado a la actividad subvencionada, alquiler de local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficinadecarácter fungible o consumible y otros desimilar naturaleza.
2. Se consideran gastos de reparaciones y mantenimiento aquellos de naturaleza corriente destinados a mantener, reparar y conservar los edificios y locales, siempre queestas acciones no afecten a suestructura ni supongan un incremento de la capacidad o la vida útil de dichas instalaciones.
3. Asimismo, se consideran subvencionables en el marco de este programa los gastos derivados de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las ayudas será de carácter variable y estará en función de los gastos totales anuales de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo del 30por cientode éstos.En el caso de las federacionesque representen o integren asociaciones o centros de más de un país, dicho límite podrá elevarse hasta el 95 por cientode sus gastos de funcionamiento.
En el caso de losgastos por reparaciones y mantenimientose podrá subvencionar hastael 95 por cientode suimporte.
Solosepodrán subvencionar programas cuyocoste total sea igual o superior a 500 euros.
La cuantía de la subvención no podrá ser superior a 40.000 euros.