Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA, O SUS ENTIDADES DEPENDIENTES, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE COADYUVEN AL ESTABLECIMIENTO DE POLÍTICAS EFECTIVAS DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL TERRITORIO INSULAR, EJERCICIO 2024 Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LA DIRECCIÓN INSULAR DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A
AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA O ENTIDADES PÚBLICAS DEPENDIENTES PARA LA
REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE CONTRIBUYAN AL ESTABLECIMIENTO DE
POLÍTICAS EFECTIVAS DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL TERRITORIO INSULAR,
EJERCICIO 2024.
OBJETIVO:
prevención de la violencia de género,
promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o sobre formación
para el empleo para mujeres en situación de vulnerabilidad,
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos de la
Isla de Tenerife, o una sola (1) de sus entidades públicas dependientes (organismos
públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Corporación
Local), de manera que no concurran competitivamente entre sí.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
A) Prevención de la violencia de género en mujeres y/o menores.
I. Proyectos de estudio e investigación cuyos resultados posibiliten poner en marcha
líneas de actuación en prevención de la violencia de género.
II. Proyectos de sensibilización y/o formación dirigidos a agentes que intervienen
directa o indirectamente en la prevención y detección de violencia de género en
cualquiera de sus niveles (prevención primaria, secundaria y terciaria) o en la
atención a mujeres en situación de violencia. Se especifica que el alumnado de los
centros educativos no son los agentes referidos anteriormente.
III. Proyectos de intervención en prevención de violencia en cualquiera de sus niveles
dirigidos exclusivamente a colectivos de mujeres con mayor vulnerabilidad:
migrantes, con discapacidad, con responsabilidades familiares en solitario, rurales,prostituidas, trans, mayores de 65 años y gitanas.
B) Promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
I. Desarrollo de acciones contempladas en el plan de igualdad (solo en el caso que
tengan aprobado un plan de igualdad). Pedir planes de igualdad, en su caso.
II. Acciones positivas.
III. Proyectos de sensibilización. No serán subvencionables aquellos proyectos que
impartan charlas puntuales en centros educativos sin relación con una intervención
educativa más amplia o con proyectos integrales,
IV. Acciones para promover la transversalidad entre las distintas concejalías de un
mismo ayuntamiento.
V. Acciones transversales de igualdad, a llevar a cabo por una o varias concejalías de
un mismo ayuntamiento.
C) Formación para el empleo.
I. Medidas complementarias en itinerarios de inserción ya iniciados, o a iniciar, por la
propia entidad solicitante para la mejora en el acceso y mantenimiento de las
mujeres en el mercado laboral.
II. Acciones formativas para la mejora de la empleabilidad, incluyendo las tecnologías
de información y comunicación para aquellos colectivos de mujeres en situación de
mayor vulnerabilidad,
III. Proyectos de formación para el empleo con demanda en el mercado laboral,
preferentemente en profesiones subrepresentadas para aquellas mujeres con
mayor vulnerabilidad.
D) Investigación sobre problemas identificados en el II Marco Estratégico de Actuaciones
en Políticas de Igualdad de Género Tenerife Violeta (METV).
E) Proyectos de estudio e investigación cuyos resultados posibiliten, entre otras
consideraciones, poner en marcha líneas de actuación para abordar los problemas
identificados en el II METV, para contribuir a la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de desplazamiento de las beneficiarias directas del proyecto.
Adquisición de material fungible, que tenga una duración previsiblemente inferior al
año, y no sea inventariable.
Gastos de publicidad y propaganda, y difusión del proyecto (máximo 10% del
importe concedido).
Prima de seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas, en el
supuesto de que la entidad beneficiaria realice actividades de información,
orientación y asesoramiento a mujeres en su local social, o seguros contratados
para la ejecución puntual de actividades dirigidas a terceras personas.
Gastos de personal relativos al funcionamiento del proyecto: se incluirán los gastos
derivados de la contratación y prestación de servicios personales ya sea de forma
fija o temporal. Se incluyen salarios y seguros sociales. No se incluyen
penalizaciones o compensaciones por incumplimiento del contrato achacables a la
beneficiaria de la subvención, ni recargos por impago o retrasos en impuestos
retenidos o seguridad social.
Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la
realización de cursos, talleres, publicaciones, asistencias técnicas u otras
necesidades contempladas en el proyecto, realizadas por profesionales autónomos
sin relación laboral con el Ayuntamiento o entidad pública dependiente de éste.
Las personas contratadas deberán acreditar formación en materia de igualdad de
género de un mínimo de 20 horas y cumplir con un perfil académico acorde a la
naturaleza de las actividades propuestas.
FINANCIACIÓN:
M1: Municipios con población de hasta 10.000 habitantes.
Hasta un máximo de 6.000,00 €.
o Arafo, Arico, Buenavista, Fasnia, Garachico, la Guancha, La Matanza de
Acentejo, San Juan de la Rambla, El Sauzal, Los Silos, El Tanque, Vilaflor y
La Victoria de Acentejo.
M2: Municipios con población de 10.001- 40.000 habitantes.
Hasta un máximo de 8.500,00 €.
o Candelaria, Guía de Isora, Güimar, Icod de los Vinos, Puerto de La Cruz,
Los Realejos, San Miguel de Abona, Santa Úrsula, Santiago del Teide,
Tacoronte, Tegueste, El Rosario.
M3: Municipios con población superior a 40.001 habitantes.
Hasta un máximo de 15.000,00 €.
o Arona, San Cristobal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, Adeje,
Granadilla de Abona, La Orotava.