AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FOMENTAR Y APOYAR PROGRAMAS EJECUTADOSPOR ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL MARCO DE LA PLANIFICACIÓN MUNICIPAL EN MATERIA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021
OBJETIVO:
La concesión de subvenciones en materia de Igualdad, tienen por objeto fomentar y apoyar en beneficio de la población del municipio de Santa Cruz de Tenerife, programas y proyectos promovidos y ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el marco de las áreas de actuación y objetivos contenidos enla planificación municipal en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las destinatarias de las subvenciones serán entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos:
a)Estar legalmente constituidas, tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.
b)Contar con una antigüedad mínima de dos años desde su constitución hasta la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
c)Encontrarse inscritas en el Registro Municipal correspondiente, de acuerdo con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
d)No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones o circunstancias contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 10 de la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
e)Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, con la Comunidad Autónoma, con el Estado y frente a la Seguridad Social.
f)Haber presentado justificación de las subvenciones recibidas con anterioridad de esta Corporación y, en su caso, hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g)Comprometerse a aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención solicitada, bien por sus propios medios o bien por financiación de terceros.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
A Área de Sensibilizacióny Promoción de la igualdad efectiva entre mujeres yhombres.
a.1.-Informar, sensibilizar y formar a la ciudadanía sobre la desigualdad y discriminación a la que se enfrentan las mujeres; causas y consecuencias.
a.2.-Promover la igualdad efectiva y real de mujeres y hombres en todos los ámbitos públicos y privados: salud, empleo, deporte, cultura, etc.
a.3.-Promover la protección y defensa de los derechos de las mujeres.
a.4.-Formar a las mujeres en materia de desarrollo y empoderamiento personal y colectivo, con especial atención y apoyo para aquellas mujeres en riesgo de exclusión o especial situación de vulnerabilidad.
a.5.-Potenciar, promover y visualizar, la recuperación de las aportaciones, artísticas, culturales, tecnológicas, sociales, etc.., de las mujeres del municipio. Visibilizar y valorar la participación histórica y actual de las mujeres vecinas de Santa Cruz de Tenerife.
a.6.-Fomentar la implicación de los hombres en el objetivo de la igualdad e impulsar el trabajo para el desarrollo de modelos masculinos positivos; corresponsabilidad en los diferentes ámbitos de la vida personal, familiar y laboral; relaciones de parejas igualitarias, justas y equilibradas, etc.
a.7.-Impulsar medidas o servicios de conciliación, al objeto de facilitar la participación de las mujeres en actividades formativas, culturales, deportivas o de esparcimiento, ocio y tiempo libre.
a.8.-Promover la creación o el sostenimiento de redes de asociaciones y entidades de mujeres y espacios de comunicación y relación.
a.9.-Impulsar acciones que promuevan la Visibilidad y el respeto hacia la diversidad afectivo sexual e identidad de género.
B Área de sensibilización y prevención de la violencia de género.
b.1.-Informar, sensibilizar, prevenir y actuar frente a las violencias machistas, con especial atención a aquellas mujeres en riesgo de exclusión o especial situación de vulnerabilidad.
b.2.-Desarrollar actuaciones de sensibilización dirigidas a la ciudadanía, que promuevan su implicación en la prevención y actuación frente a las violencias machistas.
b.3.-Potenciar acciones de sensibilización y prevención frente a las violencias machistas, especialmente dirigidas a la población adolescente y joven.
b.4.-Desarrollar actuaciones dirigidas a los hombres, que promuevan su implicación en la prevención y actuación frente a las violencias machistas
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1.Se considerarán gastos subvencionables, a los efectos de las presentes Bases, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, concuerden con la lógica de la intervención y ejecución planteada, se realicen durante el período de ejecución y hayan sido abonados cuando se presente la justificación.
2.No serán subvencionables los gastos de protocolo y representación, los ocasionados por viajes, la adquisición de bienes inventariables, maquinaria o cualquier otro material o gasto inventariable, tampoco los gastos de inversión, entendiendo como tales, la adquisición, construcción, reforma o equipamiento de centros.
3.Los gastos de personal subvencionables serán los originados por el personal directamente vinculado a la ejecución de la actividad subvencionada.
FINANCIACIÓN:
El importe máximo de las subvenciones a otorgar por proyecto asciende a la cantidad de DOCE MIL EUROS (12.000,00 €)