Ministerio de Cultura
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE ABRIL DE 2024 DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE LA LECTURA Y LAS LETRAS ESPAÑOLAS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024.
OBJETIVO:
Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades, actividades literarias y seminarios, acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas, entre otros.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España.
Empresas privadas, ya sean personas jurídicas o físicas (autónomos), con residencia fiscal en España cuyo objeto social y/ o actividad, único o entre otros, sea la realización de actividades culturales.
Ayuntamientos.
Todas las entidades mencionadas en el punto 1 deberán acreditar haber realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas, como mínimo, en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el BOE del extracto de esta convocatoria, salvo en el caso de que presenten proyectos con una trayectoria superior a dos años promovidos con anterioridad por otras entidades.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Acciones de promoción de la lectura entre el público general: particularmente a través de la organización de congresos, encuentros y festivales literarios, ferias del libro, exposiciones y otros eventos literarios; acciones en el sector del deporte; en el ámbito universitario; proyectos que vinculen la lectura al desempeño laboral; proyectos específicamente dirigidos a mayores, proyectos dirigidos a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, y proyectos que supongan la creación de nuevos espacios de lectura, y de la lectura crítica, entre otros.
b) Acciones de promoción de la lectura, y de la lectura de calidad, entre la población infantil y juvenil: particularmente fuera de los centros de enseñanza, en entornos digitales, con elaboración de materiales y recursos para familias y mediadores.
c) Actividades literarias centradas en celebrar conmemoraciones y acciones en torno a los principales autores/as y obras en cualquiera de las lenguas oficiales de España, así como aquellas con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía, así como otros acontecimientos históricos y culturales de relevancia.
d) Acciones de promoción de la lectura que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades sensoriales, psíquicas, lingüísticas, de salud y socioeconómicas, así como proyectos dirigidos a la población reclusa y a mujeres víctimas de violencia de género.
e) Proyectos que supongan programas piloto y celebración de seminarios y encuentros que sirvan como laboratorios de ideas y espacios para compartir las mejores prácticas de fomento de una lectura de calidad.
f) Acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada según lo establecido en el apartado 1 (PROYECTOS QUE SE FINANCIAN), resulten estrictamente necesarios y se realicen antes de la finalización del plazo de 12 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
FINANCIACIÓN:
PUNTUACIÓN DEL PROYECTO / CUANTÍA MÁXIMA:
92-100, HASTA 59.000€
83-91, HASTA 49.000€
74-82, HASTA 39.000€
65-73, HASTA 29.000€
56-64, HASTA 19.000€
50-55, HASTA 9.000€
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
SEDE ELECTRÓNICA
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE: 22 de mayo 2024