Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2021, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL “PROGRAMA DE PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS” DE CANARIAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA - NEXT GENERATION EU.
OBJETIVO:
contratación de personas jóvenes inscritas como demandantes de empleo desempleadas, en el Servicio Canario de Empleo (a partir de ahora SCE), mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en prácticas.
El objetivo de este Programa, del que se beneficiarán personas jóvenes desempleadas cuya etapa formativa se haya completado y acreditado en lo que a conocimientos se refiere, consiste en que estas personas adquieran, en el seno de los servicios prestados por las administraciones públicas, las primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Los órganos de la administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
b) Las demás entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Las corporaciones locales canarias y/o entidades dependientes o vinculadas a las mismas.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales de las personas jóvenes trabajadoras que, reuniendo los requisitos fijados en esta convocatoria, sean contratadas para la adquisición de experiencia profesional en el seno de los servicios prestados por las administraciones públicas (correspondiéndose con el etiquetado 099-Ayuda específica para el empleo juvenil y la integración socioeconómica de los jóvenes).
FINANCIACIÓN:
De acuerdo con esto el importe de esta subvención a conceder se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el módulo según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda antes señalado.
No se atenderán aquellas solicitudes que soliciten una subvención superior a 500.000 euros.