Ministerio de Política Territorial
ORDEN TER/487/2023, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN TER/276/2023, DE 22 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A 2023, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE LOS CABILDOS INSULARES CANARIOS Y CONSEJOS INSULARES DE LAS ISLAS BALEARES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
EXTRACTO DE LA ORDEN TER/487/2023, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN TER/276/2023, DE 22 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A 2023, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE LOS CABILDOS INSULARES CANARIOS Y CONSEJOS INSULARES DE LAS ISLAS BALEARES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
OBJETIVO:
transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, destinadas a los cabildos insulares canarios y consejos insulares de las Islas Baleares.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, y por tanto ejecutoras de las ayudas, los cabildos insulares canarios y los consejos insulares de las Islas Baleares.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las subvenciones contempladas en esta orden se destinarán, en las condiciones que en ella se establecen, a financiar proyectos de modernización y digitalización en el ámbito de las administraciones de las entidades locales que se enmarquen en alguna de las líneas estratégicas enunciadas en el artículo 5, cuyo contenido está alineado con la Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 y otras acciones de modernización dirigidas al sector público.
Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:
a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y empresas.
b) Reducción de la brecha digital.
c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.
d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión y, en todo caso, estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2023.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada al proyecto financiado. Serán gastos subvencionables los gastos de inversión destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, así como los destinados a la adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios y aquellos otros gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter amortizable, siempre que respondan a la naturaleza de los fines subvencionados.
FINANCIACIÓN:
Cuantía máxima de ayuda correspondiente a cada entidad
Consejo insular. Formentera. Balears, Illes 11.418 27.231,42
Consejo insular. Ibiza. Balears, Illes 154.210 367.784,02
Consejo insular. Mallorca. Balears, Illes 914.564 2.181.194,62
Consejo insular. Menorca. Balears, Illes 96.467 230.069,52
Cabildo insular. Fuerteventura. Canarias. 120.021 286.244,77
Cabildo insular. Gran Canaria. Canarias. 853.262 2.034.992,07
Cabildo insular. Lanzarote. Canarias. 156.112 372.320,20
Cabildo insular. Gomera, La. Canarias. 21.798 51.987,26
Cabildo insular. Hierro, El. Canarias. 11.423 27.243,35
Cabildo insular. Palma, La. Canarias. 83.439 198.998,32
Cabildo insular. Tenerife. Canarias. 931.646 2.221.934,44
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden en el «Boletín Oficial del Estado» (18 DE MAYO 2023), hasta las 15:00 horas del día 14 de julio de 2023 (hora peninsular española).
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