Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DEL ACUERDO DE 14 DE JULIO DE 2020 DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL CABILDO DE TENERIFE, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CULTURALES POR PARTE DE EMPRESAS Y EMPRESARIOS 2020
OBJETIVO:
La finalidad es contribuir a mejorar la oferta de
actividades y proyectos culturales desarrollados a
cargo de empresas privadas y empresarios que desarrollen su actividad en la isla de Tenerife; facilitar el
acceso de la ciudadanía a las actividades culturales;
favorecer la dinamización y reactivación del sector
privado; incentivar la creación cultural contemporánea; e impulsar actividades culturales no incluidas
en la industria cultural, el ocio y el entretenimiento,
ayudando así a diferenciar las vías de financiación
de cada una de ellas.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán participar en esta convocatoria las empresas
o empresarios individuales que tengan su sede social
y fiscal en la isla de Tenerife o quienes no teniendo
sede social y fiscal en la isla de Tenerife realizan la solicitud para actividades que se desarrollen en
cualquiera de los municipios de Tenerife.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Podrán ser objeto de subvención las propuestas
de actividad cultural establecidas alrededor de la
protección de la creatividad y el creador, la defensa
del acceso en igualdad de condiciones de la ciudadanía a los procesos culturales de nuestro tiempo, la
consolidación de la iniciativa privada local dedicada
a la actividad cultural y creativa, la pervivencia de
la experimentación, y la continuidad de la tradición.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a.
Gastos subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables aquéllos que resulten estrictamente
necesarios para la realización del proyecto cultural, respondan a la naturaleza
de la actividad subvencionada y se realicen dentro de los cuatro (4) meses
anteriores al inicio del proyecto cultural o hasta dos (2) meses después de su
fecha de finalización.
El coste de todos los gastos subvencionables deberá estar ajustado al valor de
mercado.
Los gastos financieros y los gastos de expertos para la realización del proyecto
subvencionado y los de administración específicos podrán ser subvencionables
si están exclusivamente relacionados con la actividad subvencionada y son
indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma.
b. Gastos sujetos a limitación:
Están sometidos a limitación los siguientes gastos:
Gastos de personal de la propia entidad solicitante: podrá imputarse
hasta un 20% de la cuantía de la subvención a los gastos de personal
de los solicitantes que estén directamente relacionados con la actividad
subvencionada y dentro de los plazos establecidos en el apartado
anterior. No se somete a esta limitación los contratos laborales que se
firmen para la realización del proyecto exclusivamente.
Gastos de publicidad: podrá imputarse hasta un 20% de la cuantía de
la subvención recibida en gastos de marketing y publicidad de la
actividad subvencionada.
Gastos de edición que excepcionalmente formen parte esencial del
proyecto cultural no podrán superar el 20% del total de la cuantía de la
subvención, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 1ª.
Gastos de montaje de exposiciones de artes plásticas que
excepcionalmente formen parte esencial del proyecto cultural no podrán
superar el 20% del total de la cuantía de la subvención, de acuerdo con
lo establecido en la cláusula 1ª.
FINANCIACIÓN:
La cuantía dependerá de la modalidad de proyecto o actividad cultural: proyectos o actividades
de presupuesto igual o superior a 80.000 € (se subvencionarán un máximo de 4 por un importe fijo de
40.000 euros por proyecto); de presupuesto igual o
superior a 35.000 € (se subvencionarán un máximo de
4 por un importe fijo de 20.000 euros por proyecto); y
proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 12.000 € (se podrán subvencionar al menos 6
por un importe fijo de 10.000 euros por proyecto).
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
17 de agosto 2020
La solicitud, en modelo normalizado, se podrá
realizar a través de la sede electrónica del Cabildo
de Tenerife (sede.tenerife.es)