Servicio Canario de Empleo
RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2021, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A FOMENTAR LA INCORPORACIÓN DE PERSONAS EN CALIDAD DE SOCIAS TRABAJADORAS O DE TRABAJO A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES DE CANARIAS PARA EL EJERCICIO 2021
OBJETIVO:
Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, de personas desempleadas en calidad de socios trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales, y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las cooperativas y sociedades laborales de Canarias que incorporen a personas en calidad de socias trabajadoras o de trabajo.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Se podrá solicitar subvención por aquellos/as socios/as trabajadores/as o de trabajo cuya fecha de alta en la Seguridad Social tenga lugar entre el 12 de septiembre de 2020 y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive, y deberán estar incluidos en alguno de los colectivos señalados en el artículo 3.1 de la Orden TAS/3501/2005 (BOE nº 270, de 11.11.2005).
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención viene determinado por el colectivo al que pertenezca el socio/a trabajador/a o de trabajo que se incorpora a la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre. En el caso de que la incorporación sea a jornada completa, el importe de la subvención será:
* 5.500,00 euros si la persona incorporada pertenece a los colectivos de los apartados a), b), c), d) y h). Si la persona que se incorpora es una mujer el importe de la subvención será de 7.000,00 euros.
* 7.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo e).
* 10.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo f).
* 8.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo g).
Cuando la jornada de trabajo sea a tiempo parcial el importe de la subvención será proporcional a la duración de la jornada.
Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación y una vez notificada la resolución de concesión. No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro
a) Desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo. b) Desempleados mayores de 45 años. c) Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años. d) Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y a 180 días si son menores de 25 años. e) Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento. f) Desempleados minusválidos, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. g) Desempleados en situación de exclusión social pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento del Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio. h) Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses a la fecha de solicitud de la subvención.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes de estas subvenciones será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (20 de julio 2021) hasta el 11 de septiembre de 2021.
Las entidades interesadas en concurrir a las subvenciones que se convocan deberán presentar la solicitud y demás documentos que la acompañen, en la sede electrónica del SCE: https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4205