Cabildo Insular de Tenerife
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS A ARTESANOS/AS DE LA ISLA DE TENERIFE A FIN DE PALIAR LOS EFECTOS DERIVADOS DE LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES Y REDUCCIÓN DE AFOROS
OBJETIVO:
subvenciones
directas destinadas a paliar los efectos negativos
derivados de la disminución de la comercialización
del producto artesano de la isla de Tenerife, como
consecuencia de la suspensión de actividades y
reducción de aforos consecuencia de las medidas de
protección frente a la COVID 19 en el tejido productivo
de la isla.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas,
aquellas personas que acrediten que se encuentran en una determinada situación, conforme se detalla a
continuación.
Las personas físicas con carné de artesano o
documento de calificación de empresa artesana en vigor
al momento de presentar la solicitud, según el caso,
expedido por el Cabildo Insular de Tenerife, que
además cumplan los requisitos siguientes:
- Estar cotizando en el RÉGIMEN ESPECIAL DE
LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
- Figurar de alta en el IMPUESTO DE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE), de forma
continuada, al menos, desde junio del 2020 (y
manteniéndose el alta, mínimo, hasta dos meses
después del pago de la subvención al beneficiario),
y estar la actividad económica principal desarrollada,
incluida en alguna de las siguientes agrupaciones:
• Grupo 861 (Pintores, Escultores, Ceramistas,
Artesanos, Grabadores y artistas similares).
• Resto de epígrafes que permitan el desarrollo de
la actividad productiva reconocida como oficio artesano
según corresponda conforme el listado de oficios
previsto en el Decreto 177/2004, de 13 de diciembre,
por el que se establecen la definición de los oficios
artesanos y las normas generales para la obtención
de la calificación de Artesano.
- Ser residente en la isla de Tenerife
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Tendrá la consideración de artesanía la actividad
económica que suponga la producción, transformación
o restauración de bienes de valor artístico, funcional
o tradicional, mediante procesos con predominante
intervención manual, y sin que la utilización auxiliar
de la maquinaria haga perder su naturaleza de producto
final manufacturado e individualizado. Para obtener
tal consideración deberá estar asimismo incluida en
el Repertorio de Oficios Artesanos de Canarias
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención a otorgar por solicitante
será el resultado del reparto de manera proporcional
del crédito total existente, que se consignará en la
correspondiente convocatoria, entre el número de
instancias presentadas que efectivamente cumplan
con los requisitos exigidos en estas Bases para poder
tener acceso a estas subvenciones; con el límite
máximo de TRES MIL (3.000,00) EUROS por
beneficiario.