Servicio Canario de Empleo
LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL O EN RIESGO DE PADECERLA, INMIGRANTES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PARA EL EJERCICIO 2016, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA.
OBJETIVO:
financiar el coste de la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción
Laboral encaminados hacia la inserción laboral de personas en situación de desventaja
social, en Canarias, pertenecientes a los siguientes colectivos.
1.1. Personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla.
1.2. Inmigrantes.
1.3. Personas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial, conforme a lo dispuesto en
la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
mejorar la empleabilidad y la inserción laboral, de
forma estable y duradera en el tiempo, de los colectivos a los que van dirigidos, aumentando
su competitividad y proporcionando a las personas desempleadas con especiales dificultades
el apoyo que necesitan, que por su naturaleza, no se pueden incluir en otros programas de
subvenciones y ayudas en materia de formación profesional para el empleo, con el fin de que
obtengan los conocimientos y prácticas adecuadas que mejoren su capacitación profesional,
favoreciendo la generación de empleo
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
las fundaciones y
asociaciones sin ánimo de lucro que cuenten con un centro de trabajo, delegación o
establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo
de la actividad objeto de subvención, y reúnan los siguientes requisitos:
1.1. Tener entre sus fines la formación e inserción laboral de personas en situación
de desventaja social: personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla,
inmigrantes y personas con discapacidad.
1.2. Contar con experiencia demostrada en el trabajo de inserción laboral de estos
colectivos.
1.3. Estar inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Dirección General de
Servicios Sociales y/o de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El proyecto deberá iniciarse en diez días contados a partir del día siguiente a la aceptación
de la subvención por el beneficiario y su duración será de 12 meses. La acción directa con
el alumnado comenzará como máximo en el plazo de un mes desde la fecha de inicio del
proyecto y finalizará como mínimo 7 días hábiles antes de la fecha de terminación del mismo
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Costes directos.
Se considerarán costes directos, aquellos asociados de forma indubitada e identificable con la
naturaleza de esta subvención y relacionados directamente con la actividad objeto de la misma.
Con cargo a costes directos se compensarán los siguientes gastos:
• Costes salariales del personal docente y no docente relacionados con el proyecto.
• Gastos de viajes del personal directivo y docente del proyecto para la asistencia a
reuniones o jornadas convocadas por el SCE.
• Gastos de kilometraje del equipo del proyecto, por desplazamientos puntuales que sean
necesarios y relacionados con la gestión del mismo, siempre que en su contrato no figure un
plus que compense dicho gasto.
• Materiales didácticos y de consumo para la formación.
• Material fungible de oficina.
• Material de consumo para prácticas, considerándose justificables los necesarios para
realizar las prácticas formativas.
• Útiles y herramientas, utilizando como criterio para discernir si estos son subvencionables
el de aceptar todos aquellos que son imprescindibles para el desarrollo de las prácticas y
cuyo coste unitario de adquisición sea inferior a 300 euros.
• Alquiler de equipos y maquinaria necesarios para la formación de los participantes,
cuando no disponga la entidad beneficiaria de los necesarios para el desarrollo del proyecto
formativo.
• Combustible necesario para el funcionamiento de la maquinaria utilizada por el
alumnado.
• El importe de la póliza de responsabilidad civil, solo cuando sea necesaria, para hacer
frente a los riesgos que para los bienes y las personas puedan derivarse de la actuación
profesional de los participantes en el proyecto.
• El importe de la póliza del seguro de accidentes y de responsabilidad civil de los
participantes, correspondientes al periodo de prácticas profesionales no laborales en
empresas.
• Equipamiento del alumnado, personal docente y de apoyo, como vestuario de trabajo,
botas, cascos, gafas, etc.
• Gastos correspondientes a salidas y actividades formativas del alumnado y personal
docente que les acompañe, siempre que estén directamente relacionadas con el programa
formativo.
• Cursos o acciones formativas esporádicas y no periódicas, impartidas por docentes sin
contratación laboral.
• Gastos de elaboración de los carteles oficiales del proyecto.
• Gastos de elaboración del informe de auditoría hasta el importe máximo que se
determine en la resolución de concesión.
• Otros gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo del proyecto formativo y
que así sean considerados por el SCE.