Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
ORDEN DE 18 DE ABRIL DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2017 LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LAS INVERSIONES EN MATERIA DE REGADÍOS DE INICIATIVA PRIVADA.
OBJETIVO:
El incremento del ahorro del agua, a través de la mejora de las infraestructuras hidráulicas de iniciativa privada que redunden en beneficio exclusivo de la agricultura de una zona concreta o de un grupo de explotaciones.
a) Optimizar el uso del agua disponible para el riego.
b) Mejorar la eficiencia global de los sistemas de riego.
c) Disminuir las demandas.
d) Mejorar la rentabilidad de las explotaciones.
e) Aplicar nuevas tecnologías.
f) Mejorar el nivel de vida de los agricultores.
g) Mejorar la calidad del agua de riego.
h) Mejorar la situación ambiental de las explotaciones.
i) Conservación del paisaje ligado al regadío.
j) Proteger los suelos de los efectos de la erosión.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o las asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) La mejora de las estructuras hidráulicas existentes.
b) La modificación de los sistemas de bombeo, transporte y distribución de agua para riego.
c) El cambio del sistema de aplicación de agua.
d) La implantación de sistemas que mejoren la calidad de las aguas de riego.
e) La mejora de la red de drenaje.
f) La mejora de la capacidad de regulación, almacenamiento y control de agua mediante
la construcción de depósitos o mejora tecnológica de los depósitos existentes, como por
ejemplo cubiertas de sombreo, impermeabilizaciones, telemando y telecontrol de valvulería
y equipos de medida. En caso de adquirir un depósito existente para su posterior mejora
tecnológica, es subvencionable el valor de adquisición del depósito, en ningún caso del
terreno sobre el que se asienta.
g) El control del consumo de agua y el establecimiento de sistemas de control.
h) La mejora de la gestión del agua.
i) La implantación de tecnologías de comunicación.
j) la construcción de infraestructuras que permitan aportar agua adicional procedente del
exceso de agua de plantas desaladoras y regeneradas.
k) Las actuaciones en el sistema de depuración. Obras de reutilización de aguas
regeneradas o desaladas para el regadío.
l) La implantación y mejora de instalaciones eléctricas vinculadas a los sistemas de riego.
m) La implantación de energías alternativas asociadas a infraestructuras de regadíos.
n) La desalación de agua de mar para regadío asociada a energías renovables en zonas de
pertinaz sequía y carentes de agua de lluvia y subterránea.
ñ) Los costes generales vinculados a los gastos necesarios para llevar a cabo estas
actuaciones como costes de dirección facultativa, consultorías, redacción de proyectos,
estudios de viabilidad, estudios de seguridad y salud y servicios de coordinación de
seguridad y salud relacionados con las obras de regadío, incluso los trámites necesarios
para las autorizaciones administrativas necesarias, hasta un máximo del 8% del total de
la inversión aprobada. No tendrán la consideración de gastos auxiliables las tasas u otros
impuestos.
FINANCIACIÓN:
Las subvenciones a conceder serán del 45% de la inversión aprobada, sin que pueda
superar el límite de 6.000 euros por hectárea.