CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA
ORDEN DE 16 DE ENERO DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, POR CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA RED CANARIA DE CENTROS DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL (CIDE), COFINANCIADAS POR EL PROGRAMA FEDER CANARIAS 2021-2027.
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 3 DE ABRIL DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA RED CANARIA DE CENTROS DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL (CIDE), COFINANCIADAS POR EL PROGRAMA FEDER CANARIAS 2021-2027, PARA EL AÑO 2024.
OBJETIVO:
concesión de subvenciones a entidades destinadas a la participación como centros en la Red Canaria de Centros de Innovación y Desarrollo Empresarial (Red CIDE)
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, así como entidades y empresas vinculadas a la Administración Autonómica de Canarias.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Se han definido los siguientes “tipos de centros”:
Tipo 1: CIDE de Apoyo Tecnológico y Transferencia, de ámbito regional, con estrecha relación con agentes de conocimiento y con la universidad, ubicado en una isla capitalina o no capitalina.
Tipo 2: CIDE de Proximidad, de ámbito insular y carácter multisectorial para las islas no capitalinas. En caso de que no exista CIDE en una isla no capitalina, estos CIDE tipo 2 podrán prestar sus servicios también en otra isla no capitalina, sin necesidad de disponer de sede física en ella.
Tipo 3: CIDE de Proximidad, de ámbito insular y carácter multisectorial, ubicado en las islas de Gran Canaria y Tenerife. Estos CIDE Tipo 3 podrán también prestar sus servicios en islas no capitalinas en los que no haya CIDE de Proximidad, sin necesidad de disponer de sede física en ella.
Tipo 4: CIDE de Proximidad de ámbito provincial, especializado en el sector industrial, ubicados en Gran Canaria y Tenerife. Las entidades solicitantes deberán tener dentro de su ámbito de actuación a empresas industriales.
Tipo 5: CIDE de Proximidad, especializado en el sector turístico. Las entidades solicitantes deberán tener dentro de su ámbito de actuación a empresas de este sector. Además, tendrán las siguientes características:
Tipo 5.1: de ámbito preferentemente provincial especializadas en el sector turístico, ubicadas en islas capitalinas.
Tipo 5.2: de ámbito insular, ubicadas en islas no capitalinas intensivas en turismo, en ningún caso podrán estar situadas las dos plazas en la misma isla.
Tipo 5.3: de ámbito insular, ubicadas en isla no capitalina, especializada en turismo rural. No deberá estar situada en una isla en la que ya haya otro CIDE tipo 5.2.
Tipo 6: CIDE de Proximidad especializado en algún sector relacionado con los ámbitos de especialización inteligente de Canarias. Estos sectores específicos serán determinados en la convocatoria a realizar.
2. Las entidades solicitantes solo podrán optar por uno de los dos escalones diferenciados dentro de la Red: CIDE de Apoyo Tecnológico y Transferencia o CIDE de Proximidad.
El plazo de ejecución y desarrollo de la actividad subvencionable, con las limitaciones previstas en esta base, tendrá una duración mínima de 12 meses y máxima de 36 meses, consecutivos e ininterrumpidos a contar desde la fecha de inicio que, de acuerdo con lo que en cada convocatoria se determine, fijen los interesados en su solicitud.
En cualquier caso, la fecha final del periodo de ejecución no podrá superar el 30 de septiembre del último año para el que esté consignada dotación presupuestaria en la convocatoria respectiva.
1. Serán objeto de subvención todas las actividades y servicios que se realicen en el marco de la Red CIDE, que están definidos dentro del reglamento de funcionamiento.
2. De manera adicional a las actividades y servicios que deben realizar, cada entidad solicitante presentará un plan de actuación específico, según modelo disponible en el aplicativo de gestión de la convocatoria, para el fomento de la innovación entre las empresas de su entorno y el desarrollo de la actividad en la plaza a la que opta.
3. No son subvencionables las actividades de apoyo a la reubicación de empresas, de conformidad con el artículo 66 o que constituyan una transferencia de una actividad productiva de conformidad con el artículo 65, apartado 1, letra a) del RDC.
4. Tampoco son subvencionables las operaciones que estén directamente afectadas por un dictamen motivado de la Comisión en relación con un incumplimiento del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que ponga en riesgo la legalidad y regularidad del gasto o la ejecución de las operaciones.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Costes directos de personal: costes de personal dedicado exclusivamente a esta actuación. Solo se permitirán las imputaciones de costes de la persona técnica asignada con exclusividad a la Red CIDE, no pudiéndose imputar otro personal de la entidad.
b) Otros costes directos distintos de los costes de personal:
• Colaboraciones externas:
Colaboraciones de empresas, ponentes o formadores para la organización y realización de jornadas, talleres, cursos o cualquier otro acto de fomento de la innovación.
• Gastos de viajes y dietas:
Gastos de viajes y dietas de la persona técnica CIDE para la asistencia a reuniones en empresas, eventos, reuniones o cursos de interés para su actividad, así como cualquier otro desplazamiento que pueda ser considerado importante para el desarrollo de la labor de la persona técnica CIDE o que haya sido aprobado por la coordinación de la Red. Se debe garantizar la existencia de presupuesto para el traslado de la persona técnica a, al menos, dos jornadas de formación conjunto o actos de interés determinados por el CIDE coordinador, en cualquiera de las siete islas, en cada ejercicio. La Coordinación tendrá hasta el 31 de agosto de cada ejercicio para comunicar los actos a los que asistirá. Transcurrido este tiempo, el CIDE no tendrá obligación de reservar presupuesto para esos desplazamientos.
También serán elegibles los gastos de una persona representante de la entidad, que no sea la persona técnica, para asistir a las reuniones a las que sean convocadas por la coordinación de la Red CIDE.
• Otros gastos:
Gastos de difusión y publicidad relacionados con la actividad de la Red CIDE o con actos para el fomento de la innovación.
Solo se admitirá el pago en metálico de pequeños importes como taxis y otros conceptos que no se puedan pagar mediante transferencia bancaria, además en cumplimiento del artículo 35 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias: “Solo se admitirá el pago en metálico de facturas o documentos justificativos del gasto con un máximo de 3.000 euros por expediente”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del RDC, no será subvencionable el impuesto sobre el valor añadido (IVA) ni el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), excepto cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional.
FINANCIACIÓN:
1. Costes directos de personal: se subvencionarán según el gasto realizado con un importe máximo imputable por este concepto que podrá ser limitado en las convocatorias.
2. Costes subvencionables distintos de los costes de personal: se calcularán utilizando un tipo fijo del 40% de los costes directos de personal subvencionables, de acuerdo con el artículo 53.1.d) del RDC.
A) Criterios para la selección de los CIDE Apoyo Tecnológico y Transferencia (Tipo 1). Puntuación máxima total: 125 puntos.
1. Capacidad para acceder y contactar con los centros públicos de investigación y con grupos e institutos de investigación en la universidad de la provincia a la que se presenta (máximo 40 puntos):
a) Poseer dentro de sus objetivos como entidad la transferencia de tecnología y conocimiento entre empresas y centros de investigación (máximo 20 puntos)
b) Grado de relación directa con la universidad o con algún centro de conocimiento, relacionado con labores de transferencia de tecnología y conocimiento (máximo 20 puntos)
2. Experiencia de la entidad (0-60 puntos):
a) Años de experiencia acreditada en servicios para la transferencia de tecnología desde centros de investigación a empresas (hasta 25 puntos).
b) Años de experiencia acreditados prestando servicios de apoyo a la innovación en empresas (hasta 30 puntos).
c) Experiencia en el asesoramiento especializado para presentación de proyectos a convocatorias CDTI y europeas: acreditando el n.º de al menos un expediente de un proyecto asesorado y el año de la convocatoria a la que se presentó (5 puntos).
3. Tamaño de la entidad (0-25 puntos):
a) Plantilla media de trabajadores en situación de alta en la Seguridad Social durante los últimos tres años (hasta 15 puntos)
b) Número de sedes (hasta 5 puntos)
c) Persona de nueva contratación vinculada a esta actividad, en situación de desempleo, siendo además mujer o persona con discapacidad o en situación de exclusión social (hasta 5 puntos)
B) Criterios para la selección de los CIDE de Proximidad (Tipo 2 y 3). Puntuación máxima total: 115 puntos.
1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (0-45 puntos)
a) Poseer dentro de sus objetivos como entidad la mejora competitiva de las empresas de su entorno (hasta 15 puntos).
b) Abarca, por su ámbito de actuación territorial natural, todo el territorio de actuación de la plaza a la que opta (hasta 15 puntos).
c) Actividades económicas, definidas en el CNAE-2009 (según los epígrafes definidos por letras), de las empresas a las que presta servicios según sus estatutos (hasta 15 puntos)
2. Experiencia de la entidad (0-35 puntos):
a) Años de experiencia acreditados prestando servicios de apoyo a la innovación (hasta 30 puntos)
b) Experiencia en el asesoramiento especializado para presentación de proyectos a convocatorias CDTI y europeas: acreditando el n.º de al menos un expediente de un proyecto asesorado y el año de la convocatoria a la que se presentó.
3. Tamaño de la entidad (0-35 puntos):
a) Plantilla media de trabajadores en situación de alta en la Seguridad Social durante los últimos tres años (hasta 20 puntos)
b) Número de sedes que posee la entidad (hasta 10 puntos)
c) Persona de nueva contratación vinculada a esta actividad, en situación de desempleo, siendo además mujer o persona con discapacidad o en situación de exclusión social (hasta 5 puntos)
C) Criterios para la selección de los CIDE de Proximidad tipo 4, 5 y 6. Puntuación máxima total: 115 puntos.
1. Capacidad para atender a las empresas del ámbito de actuación (0-45 puntos):
a) Poseer dentro de sus objetivos como entidad la mejora competitiva de las empresas del sector de la plaza a la que opta (hasta 15 puntos).
b) Abarcar, por su ámbito de actuación territorial natural, todo el territorio de actuación de la plaza a la que opta (hasta 15 puntos).
c) Entidad sectorial orientada y con atención exclusiva al sector al que se dirige el tipo de CIDE (hasta 15 puntos).
2. Experiencia de la entidad (0-35 puntos):
a) Años de experiencia acreditada en prestación de servicios de apoyo a la innovación para empresas del sector de la plaza a la que opta (hasta 30 puntos).
b) Experiencia en el asesoramiento especializado para presentación de proyectos a convocatorias CDTI y europeas: acreditando el n.º de al menos un expediente de un proyecto asesorado y el año de la convocatoria a la que se presentó (5 puntos).
3. Tamaño de la entidad (0-35 puntos):
a) Plantilla media de personas trabajadoras en situación de alta en la Seguridad Social durante los últimos tres años (hasta 20 puntos)
b) Número de sedes que posee la entidad (hasta 10 puntos)
c) Persona de nueva contratación vinculada a esta actividad, en situación de desempleo, siendo además mujer o persona con discapacidad o en situación de exclusión social (hasta 5 puntos)
ENLACES DE INTERÉS:
BASES REGULADORAS
EXTRACTO DE CONVOCATORIA
BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES