Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 22 DE ABRIL DE 2024, DE LA PRESIDENCIA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO EN EL ÁMBITO DE LA INNOVACIÓN CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024 Y SE APRUEBAN SUS BASES ESPECÍFICAS
OBJETIVO:
financiación de:
Acciones de innovación, que aborden desafíos sociales, económicos, medioambientales y de desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Las acciones de innovación deberán impulsar soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala para lograr un desarrollo sostenible e incluyente. Asimismo, se podrá cofinanciar la escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras ya aplicadas con éxito en los países socios de la Cooperación Española.
Acciones de conocimiento en el ámbito de la innovación, que comprenderán investigaciones y estudios aplicados acompañados de formaciones y/o seminarios, que cuenten con un componente innovador, y referidos a los ámbitos temáticos incluidos en esta convocatoria.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
agrupaciones sin personalidad jurídica integradas por personas jurídicas pertenecientes a las siguientes tipologías:
- Sector privado empresarial: empresas, empresas de economía social, asociaciones y fundaciones empresariales y otras análogas.
- Entidades del Sector social: Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (en adelante ONGD) inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la AECID en la fecha de publicación de esta convocatoria.
- Entidades del ámbito académico y de la investigación: universidades, fundaciones universitarias, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados.
FINANCIACIÓN:
La subvención mínima por acción de innovación no podrá ser inferior a 400.000 euros, ni superior a los 900.000 euros.
La subvención mínima para financiar las acciones de conocimiento no podrá ser inferior a 100.000 euros ni superior a 500.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes es de veinte días hábiles contados a partir de las 00:00 horas (hora peninsular española) del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y finalizará a las 23:59:59 horas del último día de plazo: 27 de mayo 2024.