CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
ORDEN 16 DE OCTUBRE DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2023, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS QUE FOMENTEN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO.
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 16 DE OCTUBRE DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2023, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS QUE FOMENTEN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO.
OBJETIVO:
Subvención a proyectos que promuevan los derechos de las personas con discapacidad, las personas en situación de dependencia, sus familiares y el entorno.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
- Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en las presentes bases las entidades que cumplan, en el momento de la solicitud, los siguientes requisitos:
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener personalidad jurídica propia de naturaleza privada.
- Estar inscritas en el registro que legalmente proceda.
- Desarrollar su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Estar inscritas en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias.
- Recoger en sus estatutos, como objeto o fin de su actividad, intervenciones en el ámbito de las discapacidades, la atención a la dependencia, la atención temprana o la accesibilidad universal, acordes con las previstas en las presentes bases.
También podrán acogerse los ayuntamientos canarios a las subvenciones de la línea de actividad 4.2.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Línea de actuación 1 - Prevención e integración social de las personas en situación de discapacidad o dependencia.
Actividad 1.1. Atención temprana.
Actividad 1.2. Proyectos para el desarrollo de modelos experimentales para personas en situación de discapacidad o dependencia.
Actividad 1.3. Integración social de personas con discapacidad o dependencia.
Línea de actuación 2 - Apoyo a la familia y a la persona cuidadora no profesional.
Actividad 2.1. Respiro familiar.
Actividad 2.2. Acciones de acompañamiento a la familia y a la persona cuidadora no profesional.
Actividad 2.3. Formación y apoyo para familiares y personas cuidadoras no profesionales.
Línea de actuación 3 - Promoción de la vida autónoma e independiente y fomento de la accesibilidad.
Actividad 3.1. Servicios de Intérprete de Lengua de Signos Española para acciones formativas o en servicios de atención públicos y privados. Servicio de Guía Intérprete de personas sordo-ciegas. Servicios de agentes de desarrollo comunitario y otros servicios para la accesibilidad.
Actividad 3.2. Asistencia personal en el domicilio y en el entorno.
Actividad 3.3. Transporte adaptado.
Actividad 3.4. Comida a domicilio.
Línea de actuación 4 - Mejora de los servicios.
Actividad 4.1. Adecuación de servicios.
Actividad 4.2. Adecuación de edificios públicos no administrativos.
Actividad 4.3. Apoyos tecnológicos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las subvenciones irán destinadas a financiar los costes derivados de la contratación de personal, tanto nuevas contrataciones como relaciones laborales preexistentes, los gastos generales de funcionamiento de la entidad, en la proporción que corresponda a la realización de la actividad subvencionada y con los límites fijados en las presentes bases, los gastos de actividad, y los gastos de inversión solo subvencionables en las actividades de la Línea 4.
FINANCIACIÓN:
Importe máximo de la subvención.- En función del tipo de actividad.
Actividad 1.1: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 80.000 euros.
Actividad 1.2: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 50.000 euros.
Actividad 1.3: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 2.1: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 2.2: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 2.3: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 20.000 euros.
Actividad 3.1: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 80.000 euros.
Actividad 3.2: El importe máximo de la subvención por proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 3.3: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 3.4: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 20.000 euros.
Actividad 4.1: El importe máximo de la subvención por cada proyecto de obra o instalación, que podrá incluir la adquisición del equipamiento necesario, será de 100.000 euros. En el caso de adquisición solo de equipamiento, el importe máximo será de 20.000 euros.
Actividad 4.2: El importe máximo de la subvención por cada proyecto será de 60.000 euros.
Actividad 4.3: El importe máximo de la subvención será de 20.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Exclusivamente de forma telemática a través del procedimiento accesible desde la sede electrónica del Gobierno de Canarias, durante 10 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: 9 de noviembre 2023.