Cabildo Insular de Tenerife
BASES GENERALES Y LA CONVOCATORIA APROBADAS POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO QUE REGIRÁN EL OTORGAMIENTO DE LA LÍNEA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS CULTURALES PARA EMPRESAS Y EMPRESARIOS/AS, 2024
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESAS Y EMPRESARIOS/AS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, 2024
OBJETIVO:
ayudas a
actividades que realicen entidades del sector cultural y creativo y, en consecuencia, aquéllas que
tengan una relación directa con expresiones artísticas y creativas; entre estas actividades se
cuentan la creación, la producción, la difusión y la conservación de los bienes y servicios que
encarnan expresiones culturales, artísticas o creativas, así como otras tareas afines; en particular,
la literatura, el audiovisual, el diseño, la música y el arte sonoro, las artes escénicas y del
movimiento y las artes visuales.
A los efectos de las presentes bases se entenderán por «entidades del sector cultural y creativo»
aquéllas cuyas actividades tengan una relación directa con las expresiones artísticas descritas en
el párrafo anterior
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán participar las empresas o empresarios y empresarias individuales (en adelante empresas)
que tengan su sede social y fiscal en la isla de Tenerife o quienes, no teniendo sede social y fiscal
en la isla de Tenerife, realizan la solicitud para actividades que se desarrollen en cualquiera de los
municipios de Tenerife.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actividades para las que se solicite subvención deben:
- Realizarse entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025. En caso de que las fechas de
inicio o de finalización sean anteriores o posteriores respectivamente a las indicadas,
derivadas de la existencia de un motivo relacionado con el desarrollo del proyecto o por
ajustes horarios o de agenda, entre otros, se aceptarán las solicitudes siempre que la mayoría
de las actividades del proyecto se lleven a cabo dentro del período indicado.
Los proyectos o actividades culturales se clasifican en cuatro modalidades:
A. Proyectos o actividades de presupuesto a partir de 80.000 €.
B. Proyectos o actividades de presupuesto a partir de 40.000 €.
C. Proyectos o actividades de presupuesto a partir de 10.000 €.
D. Proyectos de especial relevancia para la isla de Tenerife con presupuestos a partir de
150.000€ y al menos 10 ediciones celebradas en los últimos 12 años.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables aquéllos que resulten estrictamente necesarios para la
realización del proyecto cultural, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se
realicen dentro de los cuatro (4) meses anteriores al inicio del proyecto cultural y hasta dos (2)
meses después de su fecha de finalización.
Gastos de personal de la propia entidad solicitante: podrá imputarse hasta un 20% de
la cuantía de la subvención a los gastos de personal de los solicitantes que estén
directamente relacionados con la actividad subvencionada y dentro de los plazos
establecidos en el apartado anterior. No se somete a esta limitación los contratos
laborales que se firmen para la realización del proyecto exclusivamente.
- Gastos de publicidad: podrá imputarse hasta un 20% de la cuantía de la subvención
recibida en gastos de marketing y publicidad de la actividad subvencionada.
- Gastos de edición que excepcionalmente formen parte esencial del proyecto cultural
no podrán superar el 15% del total de la cuantía de la subvención, de acuerdo con lo
establecido en la cláusula 1ª.
- Gastos de montaje de exposiciones de artes plásticas que excepcionalmente formen
parte esencial del proyecto cultural no podrán superar el 15% del total de la cuantía de
la subvención, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 1ª
FINANCIACIÓN:
MODALIDAD A (≥80.000€): proyectos con un presupuesto total de 80.000 € o superior.
La subvención consistirá en un importe fijo de 35.000 € por proyecto, independiente de su
coste total.
- En ningún caso el importe de la subvención podrá ser superior al 40% del gasto total
realizado.
MODALIDAD B (≥40.000€): proyectos con un presupuesto total de 40.000 € o superior
- La subvención consistirá en un importe fijo de 20.000 € por proyecto.
- En ningún caso el importe de la subvención podrá ser superior al 50% del gasto total
realizado.
MODALIDAD C (≥10.000€): proyectos con un presupuesto total de 10.000 € o superior
La subvención consistirá en las necesidades de financiación hasta el 60% del presupuesto
total del proyecto y hasta un máximo de 10.000 €. En ningún caso el importe de la subvención
podrá ser superior al 60% del gasto total realizado.
MODALIDAD D (proyectos o festivales de especial relevancia):
La subvención será de entre 45.000€ y 80.000€. En ningún caso el importe de la subvención
podrá ser superior al 30% del total presupuestado ni del gasto total a realizar.