PUERTOS DE TENERIFE
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS A LA INTEGRACIÓN SOCIAL, CULTURAL Y ECONÓMICA DE LOS PUERTOS GESTIONADOS POR LA AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y LAS POBLACIONES EN LAS QUE SE ALBERGAN
OBJETIVO:
La Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife publica la Convocatoria 2021 de
subvenciones para la promoción de iniciativas que
fomenten la integración de sus puertos en el entorno
social de la isla en la que se ubiquen, además de
atender a las empresas, personas físicas o jurídicas y
colectivos constituidos en asociación o fundación sin
ánimo de lucro de la zona, que trabajen en beneficio
de la sociedad y que solicitan las ayudas para proyectos
sociales, de fomento del empleo y el autoempleo
vinculado al puerto, de participación ciudadana, de
igualdad de género, culturales, benéficos, deportivos,
educativos y/o de apoyo a los sectores de nuestra
sociedad menos favorecidos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Cualquier empresa, personas
físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones sin
ánimo de lucro que trabajen en beneficio de la sociedad
Igualmente podrán canalizarse a través de estas subvenciones aquellas actuaciones que
pudieran promover las administraciones públicas de carácter local o insular de la
provincia de Santa Cruz de Tenerife.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Quedan expresamente excluidos de las subvenciones los gastos derivados de:
La adquisición, la reposición o el mantenimiento de materiales o de instalaciones
para el normal funcionamiento de la empresa, persona física o jurídica,
asociación o fundación.
Espectáculos o actuaciones que pudieran ser contratados para animar actividades
asociativas, así como los de aperitivos, almuerzos, cenas, etc.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las subvenciones queda condicionada, en todo caso, a una
cantidad que se ajustará cada año según la cantidad consignada en el apartado
de Otros Gastos en el Presupuesto Anual de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife aprobado por el Consejo de Administración.
Con el ánimo de premiar la continuación en los proyectos, aquellas empresas,
personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones que no hubieran
resultado beneficiarias de la subvención de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife en la convocatoria inmediatamente anterior obtendrán, como
mínimo, la mayor de estas dos cantidades:
-la que corresponda según la puntuación obtenida
-la mitad de la subvención máxima concedida a un proyecto de su misma
categoría (benéfico, cultural o deportivo).
El presupuesto de la actividad servirá de referencia para determinar el importe
de la subvención.
La concesión de subvenciones por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de
Tenerife será compatible con ayudas o subvenciones que provengan de otras
administraciones o de promotores privados.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el coste de la actividad beneficiada por la subvención