CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 13 DE JUNIO DE 2024, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARGO AL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS INCLUIDAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL DENOMINADO “PROGRAMA DE INCENTIVOS AL EMPLEO JOVEN-INCENTÍVATE”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024-2025.
OBJETIVO:
contratos laborales que, reuniendo los condicionantes establecidos en las bases reguladoras, se suscriban en el periodo comprendido desde el 1 de abril de 2024 a 31 de marzo de 2025, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la “vigencia total” de la presente convocatoria.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
s
personas que acrediten los requisitos contemplados en las bases reguladoras del programa y más concretamente en su base segunda.
cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las presentes bases, o presenten en el momento de la solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.
A estos efectos, tendrán la consideración de personas físicas aquellas personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
2. Asimismo, la entidad beneficiaria deberá cumplir las siguientes condiciones:
2.1. Que la contratación se realice con la persona que se comprometió a contratar, en el caso de haber sido identificada con la presentación de la solicitud, y que figure inscrita, en la situación de beneficiaria, en el fichero del SNGJ e incluidos en la lista única de demanda y que cumpla el resto de los requisitos establecidos en la base reguladora tercera de la presente Orden.
2.2. Que el compromiso de contratación y la contratación se formalice por los periodos mínimos de exigencias establecidos en las presentes bases y convocatoria.
2.3. Todos los aspectos laborales relativos a la contratación. Los contratos deberán ser suscritos de conformidad con la normativa aplicable en cada momento, con personas jóvenes desempleadas que reúnan los requisitos descritos en la base reguladora tercera siguiente y de conformidad al resto de las condiciones y requisitos consignados en la presentes bases reguladoras y en la respectiva convocatoria. En este sentido, la totalidad de las actuaciones previstas deberán disponer, en el momento de la solicitud, de las autorizaciones y permisos necesarios para el desarrollo de las mismas.
2.4. Las empresas beneficiarias de la subvención han de tener su domicilio social en Canariasas
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Las personas jóvenes desempleadas a contratar, para participar en este programa, deberán tener más de 16 años y menos de 30 años, y cumplir con los siguientes requisitos:
1.1. Estar inscritas en el fichero del SNGJ, en situación de beneficiarias, incluidas en la lista única de demanda. La solicitud de inscripción se podrá formalizar a través de diferentes medios que se disponen en el portal de empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social https:tramites.administracion.gob.es/comunidad/tramites/recurso/acceso-e-inscripcion-al-sistema-nacional-de/8b5796d0-1eeb-49fb-aef9-5eb09d3a963e
Para tal propósito, la persona trabajadora debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que en su Título IV, Capítulo I, regula el SNGJ.
1.2. Estar inscritas en el SCE como demandante de empleo en situación de desempleo en el momento de la contratación.
1.3. No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de la contratación objeto de subvención del presente programa, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 105.1 de la citada Ley 18/2014, de 15 de octubre, relativo al disfrute de las medidas y acciones contempladas en la letra c) del artículo 106 de la misma ley, dirigidas al apoyo a la contratación en el marco de la Garantía Juvenil.
1.4. Cumplir con los requisitos de las personas trabajadoras establecidos en la normativa reguladora de los contratos que se vayan a formalizar, resultando en este sentido, en cuanto al nivel de cualificación, lo siguiente:
a) Para los contratos de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena: carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional o universitaria con personas que posean otra titulación siempre que no haya tenido otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
La entidad solicitante de la subvención deberá acreditar, o declarar responsablemente, que la persona trabajadora por la que solicita subvención, carece de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato.
b) Para los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional: estar en posesión de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.
La entidad solicitante de la subvención deberá presentar la documentación acreditativa de la titulación de la persona trabajadora para la que solicita subvención, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora para la formalización del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. En el momento de inicio de la relación laboral, deberá estar en posesión de alguna de las cualificaciones establecidas en el párrafo anterior o, en su defecto, deberá aportarse documento acreditativo de haber abonado las tasas requeridas para su obtención.
FINANCIACIÓN:
Tipo de contrato
Contrato de formación en alternancia con
el trabajo retribuido por cuenta ajena
Periodo de suscripción e Importe
Superior a 6 meses e inferior a 12 meses 3.000,00 €
12 meses e inferior a 24 meses 4.000,00 €
24 meses 5.000,00 €
Tipo de contrato
Contrato formativo para la obtención de la
práctica profesional
Periodo de suscripción e Importe
Superior a 6 meses e inferior a 12 meses 3.500,00 €
12 meses 4.000,00 €
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Periodo primero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de abril de 2024 a agosto de 2025. Fecha de inicio: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la BDNS. Fecha fin: 16 de septiembre de 2024.
Periodo segundo. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de septiembre y octubre de 2024. Fecha de inicio: 17 de septiembre de 2024. Fecha fin: 11 de noviembre de 2024.
Periodo tercero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de noviembre y diciembre de 2024; así como los meses de enero, febrero y marzo de 2025. Fecha de inicio:12 de noviembre de 2024. Fecha fin:16 de abril de 2025.
Las solicitudes de subvención Incentívate deberán ser presentadas inexcusablemente a través del procedimiento electrónico habilitado a tales efectos en la sede electrónica del SCE que a continuación se indica y localizable a través del buscador de subvenciones desde la página web del Servicio Canario de Empleo https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4823