Ministerio de Cultura
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL PROGRAMA DE ANIMACIÓN A LA LECTURA EN EL MUNDO RURAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024
OBJETIVO:
apoyar los programas de actividades de animación a la lectura en el mundo rural realizados por instituciones sin fines de lucro, sufragando, por medio de transferencias de capital, los gastos de equipamiento o inversiones necesarios para la ejecución de dichos programas, de manera que faciliten o potencien la labor de animación a la lectura
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Pueden solicitar las subvenciones las fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, con residencia fiscal en España, que acrediten haber realizado actuaciones de fomento de la lectura en el mundo rural.
Los beneficiarios han de reunir tales requisitos en la fecha de presentación de la solicitud.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Entre los posibles gastos de inversión se encuentran todos aquellos bienes, equipos,
estructuras y herramientas que contribuyan a la modernización y equipamiento de la
entidad o que faciliten y potencien su labor de animación a la lectura, como es el caso de:
Libros (papel y digital), audiolibros y otros dispositivos de lectura de libros
electrónicos para su uso por la entidad en su labor habitual o en actividades
concretas, siempre que pasen a formar parte de su fondo de biblioteca.
Adecuación de espacios para el desarrollo de actividades culturales relacionadas con
la animación a la lectura en los municipios (reformas y obras, adquisición de
mobiliario) así como la creación de nuevos espacios.
Adquisición de equipamiento informático y aplicaciones para la mejora de la gestión.
Equipos de vídeo y grabación para la retransmisión online de las actividades o para la
promoción y difusión de las mismas
FINANCIACIÓN:
En ningún
caso se superará el 80% del coste total del programa de actividades o se otorgará una
cantidad superior a la solicitada por el interesado
Hasta 25.000€ por proyecto
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado: 20 de julio 2024
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