Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
ORDEN ICT/1090/2021, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A 2021 DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES AL "PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA MÁQUINA HERRAMIENTA" DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
OBJETIVO:
apoyar la realización de inversiones en la adquisición de nuevas máquinas herramienta que formen parte del proceso productivo de las pequeñas y medianas empresa (en adelante PYMES) industriales y que contribuyan a su modernización.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
PYMES, desarrollan una actividad industrial
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
inversiones realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;
b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o
c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
Serán subvencionables las inversiones y gastos objeto de la subvención incurridos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de quince meses contados desde la fecha de la resolución de concesión.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
adquisición de las siguientes tipologías de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.
FINANCIACIÓN:
El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, incluyendo los gastos indicados en los apartados 3 y 6 del artículo 5 de esta orden será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).
El importe de la subvención será, como máximo, de:
a) 20 % de los gastos subvencionables en el caso de pequeñas empresas;
b) 10 % de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas;
3. Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.