Ministerio de Sanidad
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 4 DE JUNIO DE 2024, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SANIDAD, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOBRE ADICCIONES EN EL AÑO 2024
OBJETIVO:
desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología e Innovación 2021-2027, en la Acción Estratégica en Salud del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, y en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro. A estos efectos se entiende por:
Centro público de I+D: Las Instituciones sanitarias públicas; las Universidades públicas y los Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinacion General de la Investigación Científica y Técnica, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.
Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Las instituciones sanitarias privadas, las universidades privadas y otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación que tengan personalidad jurídica propia y capacidad o actividad demostradas en acciones de I+D y que carezcan de ánimo de lucro.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los proyectos de investigación financiados por estas ayudas podrán presentarse como proyectos de una o dos anualidades. Si en la evaluación de las anualidades de los proyectos plurianuales, la ejecución de éstos en dos anualidades se estimase innecesaria, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas podrá disminuir el número de anualidades de oficio, con comunicación a los solicitantes quienes podrán, en caso de disconformidad, renunciar o reformular la ayuda solicitada en los términos contemplados en el artículo octavo relativos a la adaptación de las propuestas de concesión. Los proyectos deberán contener objetivos que se encuadren en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024, debiéndose señalar en todo caso las áreas de actuación específicas donde el proyecto se incluye.
1. Con independencia de las áreas de actuación y de investigación en que el proyecto se encuadre, se considerarán líneas de actuación prioritarias en la presente convocatoria, las siguientes:
1.1. Evaluación de políticas, intervenciones y programas de prevención, de asistencia y de incorporación social en el ámbito de alcohol, las drogas ilegales, los fármacos con potencial de abuso y las adicciones comportamentales.
1.2. Impacto del cannabis en las esferas intelectual, motivacional, social y de la salud mental de sus usuarios, con especial referencia a los adolescentes y los jóvenes.
1.3. Nuevas herramientas de detección y de vigilancia de los determinantes de las adicciones, así como del área epidemiológica (detección de sustancias psicoactivas en aguas residuales y en materiales de inyección, mejora de la identificación toxicológica de nuevas sustancias y patrones en los servicios de urgencias del Sistema Nacional de Salud, etc.).
1.4. Determinación de condicionantes en la oferta y necesidad en los servicios y recursos de atención a las drogas y las adicciones, desde la perspectiva territorial y poblacional.
1.5. Aspectos asociados al tratamiento de las adicciones y su pronóstico en grupos de población específicos (mayores, mujeres, migrantes, personas que practican chemsex, usuarios de metanfetamina, colectivos LGTBIQ+, personas sin hogar, etc.).
1.6. Morbilidad aguda, lesiones y violencia asociadas al consumo de sustancias psicoactivas y a otras adicciones.
2. Los proyectos de investigación, las entidades beneficiarias y el personal investigador participante deberán respetar y velar por los principios fundamentales recogidos en la Declaración de Helsinki, en su revisión realizada por la Asociación Médica Mundial, en el Convenio del Consejo de Europa relativo a los derechos humanos y la biomedicina, en la Declaración Universal de la UNESCO sobre Bioética y Derechos Humanos, y comprometerse a la evitación y, en su caso, a la declaración de los conflictos de interés, así como a cumplir los requisitos establecidos en la legislación española en el ámbito de la investigación biomédica, la bioética y la protección de datos de carácter personal.
Los proyectos que impliquen experimentación animal, los que conlleven la utilización de organismos modificados genéticamente, así como los proyectos que supongan ensayo clínico, deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa que regula estas materias. Como requisitos de actividad y atendiendo a su naturaleza, los proyectos deberán contar con las autorizaciones y los informes legalmente establecidos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades correspondientes a la realización de los proyectos seleccionados y la cuantía se determinará teniendo en cuenta la valoración del proyecto, según los criterios de evaluación y selección enunciados en el artículo séptimo. Según las necesidades de cada proyecto, su ejecución se desarrollará en una o dos anualidades, sin perjuicio de lo establecido en el punto segundo del artículo décimo de la presente convocatoria. Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente la cuantía de la subvención solicitada según criterios de máxima eficiencia en la asignación de recursos y en función de la disponibilidad de crédito.
COSTES DE PERSONAL
ADQUISICIÓN DE BIENES INVENTARIABLES
ESTANCIAS FORMATIVAS EN ESTADOS UNIDOS
ESTANCIA EN ESPAÑA DE PERSONAL INVESTIGADOR
GASTOS DE VIAJES
FINANCIACIÓN:
Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades correspondientes a la realización de los proyectos seleccionados y la cuantía se determinará teniendo en cuenta la valoración del proyecto, según los criterios de evaluación y selección enunciados en el artículo séptimo. Según las necesidades de cada proyecto, su ejecución se desarrollará en una o dos anualidades, sin perjuicio de lo establecido en el punto segundo del artículo décimo de la presente convocatoria. Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente la cuantía de la subvención solicitada según criterios de máxima eficiencia en la asignación de recursos y en función de la disponibilidad de crédito.