Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN R0000054567 DE 13 DE ABRIL DE 2023, DE LA DIRECTORA INSULAR DE DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA LA REALIZACIÓN DE FERIAS MUNICIPALES DE ARTESANÍA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2023
OBJETIVO:
Organización por los Ayuntamientos, de Ferias
Municipales de Artesanía que se celebren en la
isla de Tenerife durante el ejercicio presupuestario
2023, como medida de fomento y promoción de la
comercialización de la producción artesana local
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los Ayuntamientos de la Isla de Tenerife que habrán
de reunir a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, los requisitos establecidos en el
artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Para tener la condición de Feria de artesanía el
evento habrá de cumplir los siguientes requisitos de
los establecidos en la base 2.2 de las reguladoras.
- La celebración del evento se programará de
forma independiente, como actividad específica
de promoción y apoyo a la comercialización de los
productos artesanos. La Feria habrá de desarrollarse
a lo largo de al menos un día, contabilizándose un
mínimo de 6 horas por jornada.
- El lugar elegido será un recinto propiamente
dicho o, en su defecto, un espacio perfectamente
delimitado que reúna condiciones satisfactorias de acceso, aparcamiento, baños públicos y servicios a
los artesanos.
- Los artesanos expositores habrán de estar en
posesión del carné que les acredita como tales,
expedido por el Cabildo de Tenerife y en vigor. Tal
participación significará la presencia de un mínimo
de 30 expositores.
- Al menos un 25% de los expositores habrán de ser
artesanos cuya actividad se corresponda con alguno
de los oficios considerados como tradicionales.
- En ningún caso la participación de artesanos
de oficios tradicionales puede exceder el 60% del
total, salvo que el evento dedique un monográfico
destinado a la promoción de una de las modalidades
recogidas como tradicionales.
- La Feria puede contemplar la organización de
un monográfico sobre un determinado oficio o
contenido que permita asociar diversas modalidades
artesanas en función de sus técnicas, usos o materias
primas, para lo cual habrá de contabilizarse al
menos 8 expositores de idéntica modalidad artesana
o 15 cuando la agrupación responda a otros criterios
justificados.
- Queda excluida cualquier participación no
artesana, salvo que se trate de producción autóctona
relativa a la repostería (dulce, turrones y licores), no
pudiendo en ningún caso superar el 10% del total de
expositores presentes en la feria, y siendo ubicada
en una zona claramente diferenciada del resto de
expositores.
- El espacio destinado a exposición y venta
constará de puestos individualizados, perfectamente
delimitados, cuya superficie sea no inferior a los 4
m2
y convenientemente rotulados.
- La publicidad del evento requerirá, como
mínimo, un cartel anunciador donde se haga constar
el patrocinio del Cabildo Insular de Tenerife, en los
supuestos en que el evento no se haya realizado con
anterioridad a la notificación del correspondiente
acuerdo de concesión.
FINANCIACIÓN:
El porcentaje de subvención a conceder por el
Cabildo Insular de Tenerife no podrá superar el
70% de los gastos susceptibles de subvención,
estableciéndose como límites máximos por
conceptos los siguientes, siendo el total máximo de
la subvención a conceder de 6.250,00
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
SEDE ELECTRÓNICA
El plazo de presentación de solicitudes será de
TREINTA (30) DÍAS NATURALES a computar
a partir del día siguiente al de la publicación
del presente extracto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Santa Cruz de Tenerife:22 de mayo 2023.