Cabildo Insular de Tenerife
ANUNCIO RELATIVO A BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA, O SUS ENTIDADES PÚBLICAS DEPENDIENTES, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE COADYUVEN AL ESTABLECIMIENTO DE POLÍTICAS EFECTIVAS DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL TERRITORIO INSULAR, EJERCICIO 2023
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE COADYUVEN AL ESTABLECIMIENTO DE POLÍTICAS EFECTIVAS DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL TERRITORIO INSULAR
OBJETIVO:
proyectos sobre prevención de la violencia de género, promoción
de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o sobre formación para el empleo para
mujeres en situación de vulnerabilidad
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
s
Ayuntamientos de la Isla de
Tenerife, o una sola (1) de sus entidades públicas dependientes (organismos públicos y entidades
de derecho público vinculadas o dependientes de la Corporación Local), de manera que no
concurran competitivamente entre sí.
Quedan excluidas expresamente el resto de entidades públicas locales de la Isla de Tenerife, así
como empresas públicas y otros entes y asociaciones municipales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
A) Prevención de la violencia de género en mujeres y/o menores.
I. Proyectos de estudio e investigación cuyos resultados posibiliten poner en marcha líneas de
actuación en prevención de la violencia de género.
II. Proyectos de sensibilización y/o formación dirigidos a agentes que intervienen directa o
indirectamente en la prevención y detección de violencia de género en cualquiera de sus
niveles (prevención primaria, secundaria y terciaria) o en la atención a mujeres en situación
de violencia.
III. Proyectos de intervención en prevención de violencia en cualquiera de sus niveles dirigidos
a colectivos específicos de mujeres con mayor vulnerabilidad.
B) Promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
I. Desarrollo de acciones contempladas en el plan de igualdad (solo en el caso que tengan
aprobado un plan de igualdad).
II. Acciones positivas.
III. Acciones de sensibilización.
IV. Acciones para promover la transversalidad entre las distintas concejalías de un mismo
ayuntamiento.
V. Acciones transversales de igualdad, a llevar a cabo por una o varias concejalías de un
mismo ayuntamiento.
C) Formación para el empleo.
I. Medidas complementarias en itinerarios de inserción ya iniciados, o a iniciar, por la propia
entidad solicitante para la mejora en el acceso y mantenimiento de las mujeres en el
mercado labora
II. Acciones formativas para la mejora de la empleabilidad, incluyendo las tecnologías de
información y comunicación para aquellos colectivos de mujeres en situación de mayor
vulnerabilidad,
III. Proyectos de formación para el empleo con demanda en el mercado laboral,
preferentemente en profesiones subrepresentadas para aquellas mujeres con mayor
vulnerabilidad.
D) Investigación sobre problemas identificados en el II Marco Estratégico de Actuaciones en
Políticas de Igualdad de Género Tenerife Violeta (METV).
I. Proyectos de estudio e investigación cuyos resultados posibiliten, entre otras
consideraciones, poner en marcha líneas de actuación para abordar los problemas
identificados en el II METV, para contribuir a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Contar con un plazo máximo para la realización de la actividad objeto de financiación de
doce (12) meses a contar desde el inicio del proyecto, que podrá haber comenzado desde
el 1 de enero de 2023.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de desplazamiento de las beneficiarias directas del proyecto.
Adquisición de material fungible, que tenga una duración previsiblemente inferior al año, y
no sea inventariable.
Gastos de publicidad y propaganda, y difusión del proyecto (máximo 10% del importe
concedido).
Prima de seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas, en el supuesto de
que la entidad beneficiaria realice actividades de información, orientación y asesoramiento a
mujeres en su local social, o seguros contratados para la ejecución puntual de actividades
dirigidas a terceras personas.
Gastos de personal relativos al funcionamiento del proyecto: se incluirán los gastos
derivados de la contratación y prestación de servicios personales ya sea de forma fija o
temporal. Se incluyen salarios y seguros sociales. No se incluyen penalizaciones o compensaciones por incumplimiento del contrato achacables a la beneficiaria de la
subvención, ni recargos por impago o retrasos en impuestos retenidos o seguridad social.
Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la
realización de cursos, talleres, publicaciones, asistencias técnicas u otras necesidades
contempladas en el proyecto, realizadas por profesionales autónomos sin relación laboral
con el Ayuntamiento o entidad pública dependiente de éste.
FINANCIACIÓN:
La subvención a otorgar podrá alcanzar el 100% de la cantidad solicitada hasta el importe máximo
establecido
M1: Municipios con población de 5.000 a 10.000 habitantes.
Hasta un máximo de 4.708,00 €.
M2: Municipios con población de 10.001- 40.000 habitantes.
Hasta un máximo de 7.705,00 €.
M3: Municipios con población superior a 40.001 habitantes.
Hasta un máximo de 21.208,00 €.