CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 28 DE JUNIO DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN EL AÑO 2024, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS PARA LA OBTENCIÓN DE UNA PRÁCTICA PROFESIONAL, VINCULADA A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL, DESTINADOS A LA JUVENTUD EN EL COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, SUSCEPTIBLES DE ESTAR COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO EN EL ÁMBITO DEL NUEVO MARCO FINANCIERO PLURIANUAL PARA EL PERIODO 2021-2027 (FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS FSE+).
OBJETIVO:
financiar la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas para la obtención de una práctica profesional vinculada a la realización de proyectos de interés público y social destinados a la juventud en la Comunidad Autónoma de Canarias, susceptibles de estar cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ámbito del nuevo marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027 (Fondo Social Europeo Plus FSE+)
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Fundaciones públicas y privadas sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Fundaciones de Canarias o en cualquier registro, siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias.
b) Asociaciones/Entidades sin ánimo de lucro y las federaciones de estas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias o en otros registros, siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias.
c) Entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente e inscritas en el registro específico que corresponda, siempre que tengan sede o delegación permanente en Canarias, quedando excluidos los partidos políticos y las organizaciones sindicales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Serán destinatarias de las subvenciones las personas jóvenes desempleadas entre 18 y menores de 30 años con titulación universitaria, de formación profesional, inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que resulten contratadas para el desarrollo de los proyectos presentados por las entidades beneficiarias de las subvenciones.
No podrán ser destinatarias de las subvenciones las personas jóvenes que ya lo hubieran sido en las convocatorias efectuadas en los años 2021, 2022 y 2023.
El Proyecto deberá tener una duración única de 12 meses, cuya ejecución se iniciará en el ejercicio 2024 y finalizará en el 2025.
. La jornada laboral será en todo caso a tiempo completo. La duración de los contratos formativos
será de 12 meses, o menor en el caso de sustituciones siempre que la misma sea por un periodo
no inferior a seis meses. Respecto al periodo de pruebas se ajustará a la normativa de aplicación,
salvo que en el convenio colectivo se disponga otra cosa.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
El contrato a subvencionar es el contrato formativo para la obtención de una práctica profesional
regulado en el Artículo primero, punto uno del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, en el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley
3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y en el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la
empleabilidad de los trabajadores.
Costes salariales
1.- La totalidad del Salario base y pagas extraordinarias
2.- La totalidad de las cotizaciones sociales e impuestos a cargo del trabajador y la seguridad social de la empresa.
B.- Los Gastos de gestión administrativa de los contratos laborales suscritos y gastos de
publicidad inherentes al proyecto:
B.1.- Se consideran gastos de gestión administrativa los correspondientes a la elaboración del
contrato laboral, alta y baja en la Seguridad Social, gestión mensual de nóminas, elaboración
de Relación Nominal de Trabajadores (RNL) y Recibos de Liquidación de Cotizaciones (RLC),
modelo 111, modelo 190 y similares e Informe de Datos de Cotización (Idc) y otros gastos
necesarios para la gestión administrativa de los contratos.
B.2.- Asimismo, se entiende por gastos de publicidad los necesarios para cumplir las
obligaciones de difusión de las acciones y actividades a desarrollar en cumplimiento de lo
dispuesto por el Reglamento (UE) N.º 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
24 de junio de 2021, y en particular en su artículo 36, en el Manual de Identidad Corporativa
Gráfica del Gobierno de Canarias
FINANCIACIÓN:
a) Costes Salariales: El importe de la subvención por cada una de las contrataciones efectuadas
que reúnan los requisitos establecidos en la base octava, sobre todo lo referido a la jornada laboral,
asciende a las cuantías que se detallan a continuación
COSTE UNITARIO 1: PARA UNA CATEGORÍA PROFESIONAL GRUPO 1 asciende a 30.969,64
euros por persona contratada a tiempo completo y por un año completo.
COSTE UNITARIO 2: PARA UNA CATEGORÍA PROFESIONAL GRUPO 2 asciende a 27.948,96
euros por persona contratada a tiempo completo y por un año completo.
En el caso de que una persona no cubra el periodo anual (establecido en 360 días), a efectos de
justificación de la subvención concedida, se calculará en número de meses de contrato y se
multiplicará por el importe mes.
b) Gastos de Gestión y publicidad inherentes al proyecto: Para el cálculo del importe de la
subvención destinada a sufragar los gastos administrativos y de publicidad, se ha utilizado como
coste unitario de referencia el coste unitario por este concepto procedente del estudio de costes de
la convocatoria del año 2023, obtenido a través de una metodología justa, equitativa y verificable
basada en datos históricos verificados de beneficiarios concretos, en base a lo previsto en el
apartado 3, letra a punto ii) del mencionado artículo 53 del Reglamento (UE)/2021/1060. Dicho
importe se ha actualizado con el I.P.C. del último año publicado.
COSTE UNITARIO 3: GASTOS DE GESTIÓN Y PUBLICIDAD: 1.517,28 € por persona contratada
A TIEMPO COMPLETO/AÑO.
En el caso de que la persona contratada no cubra el periodo anual (establecido en 360 días), a
efectos de justificación de la subvención, se calculará el importe de la subvención aplicando al
coste unitario por estos conceptos el porcentaje de tiempo de duración del contrato respecto a un
año
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Las entidades interesadas en la obtención de las subvenciones a que se refiere la presente Orden podrán presentar solicitudes de subvención para distintos proyectos hasta un máximo de dos. Cada uno de los proyectos conllevará la contratación laboral de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
sede electrónica del Gobierno de Canarias en la siguiente dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/5332
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria que corresponda en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de la publicación de las presentes bases y convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 30 de julio 2024.