Comisión Europea
CLUSTER GO INTERNATIONAL
COSME PROGRAM
OBJETIVO:
El principal objetivo de la acción es intensificar la cooperación entre clusters y redes empresariales en
Países europeos y también a través de fronteras sectoriales y para apoyar el establecimiento de
Asociaciones de clústeres estratégicos europeos para liderar la cooperación internacional de clústeres en campos de
interés estratégico hacia terceros países más allá de Europa.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Todos los solicitantes deben estar registrados o haber presentado un registro en el European
Cluster Collaboration Platform (ECCP) antes de la fecha límite de presentación de esta Convocatoria
propuestas y completó el Anexo 1 o 2 correspondiente de la "Descripción de la acción"
Los solicitantes deben ser entidades con personalidad jurídica. Esto puede incluir entidades legales con o sin fines de lucro, así como entidades públicas o privadas total o parcialmente. En el caso de privado
organismos, deben estar debidamente constituidos y registrados con arreglo a la legislación nacional.
Las personas físicas no pueden postularse.
Terceros vinculados, es decir, entidades legales que tengan un vínculo legal o de capital con los solicitantes, que es
ni se limita a la acción ni se establece con el único propósito de su ejecución (también
denominadas "entidades afiliadas"), podrán participar en la acción como solicitantes para declarar
costos elegibles.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Proyecto
compuesto por un mínimo de tres socios
todos establecidos en Estados miembros de la UE o países que participan en el programa COSME
El capítulo A apoyará el establecimiento de la "Asociación de clústeres estratégicos europeos - Going
International "(ESCP-4i) abierto a una amplia gama de sectores industriales y cadenas de valor europeos,
excepto aquellos apuntados en el capítulo B a continuación.
Los proyectos del capítulo A deben comprender la preparación y la ejecución
comportamiento.
El capítulo B apoyará la primera implementación, prueba y desarrollo posterior de hasta dos
'Asociaciones de clústeres estratégicos europeos: internacionalización' (ESCP-4is) en la defensa y
Sector de la seguridad (tecnologías de doble uso).
Se espera que los proyectos del capítulo B se basen en las estrategias de internacionalización existentes y centrarse en acciones relacionadas con la implementación como se definió anteriormente.
Para ser elegible, un consorcio debe presentar una propuesta.
Para el capítulo A, el consorcio debe ser:
compuesto por al menos tres entidades legales diferentes, que son
establecidos en un mínimo de tres países diferentes que participan en el programa COSME de conformidad con el artículo 6 del Reglamento COSME, y entre los cuales al menos dos deben ser de dos Estados miembros de la UE diferentes.
Para el capítulo B, el consorcio debe ser:
compuesto por al menos tres entidades legales diferentes, que son
establecido en tres Estados miembros diferentes de la UE.
Los consorcios que contengan socios establecidos en Estados no miembros de la UE no serán elegibles.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A. Gastos directos de personal
B. Costos directos de subcontratación
C.Los costos directos de proporcionar apoyo financiero a terceros son elegibles si las condiciones establecidas
en el acuerdo de subvención.
D. Otros costos directos
D.1 Gastos de viaje y dietas conexas
D.2 Los costos de depreciación de equipos, infraestructura u otros activos (nuevos o usados)
Los costos de alquiler o arrendamiento de equipos, infraestructura u otros activos.
D.3 Costos de otros bienes y servicios (incluidos derechos, impuestos y cargas relacionados, como el impuesto al valor agregado (IVA) no deducible pagado por beneficiarios que no son organismos públicos que actúan como
autoridad) son elegibles, si se compran específicamente para la acción y de acuerdo con la
condiciones establecidas en el acuerdo de subvención
E. Costos indirectos elegibles (gastos generales)
Los costos indirectos son costos que no están directamente relacionados con la implementación de la acción y, por lo tanto,
no se le puede atribuir directamente.
Los costes indirectos son subvencionables si se declaran sobre la base del tipo fijo del 7% de los costes subvencionables.
FINANCIACIÓN:
La subvención máxima por proyecto será de 550 000 EUR para el capítulo A.
La subvención máxima por proyecto será de 450 000 EUR para el capítulo B.
EASME espera financiar 14 propuestas:
12 propuestas en el capítulo A;
2 propuestas en el capítulo B.
La subvención se limita a una tasa de reembolso máxima del 90% de los costes subvencionables.