Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
ORDEN DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DENOMINADAS BONOS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA EMPRESA CANARIA PARA EL EJERCICIO 2020, MOTIVADA POR LA CRISIS SANITARIA DE LA COVID-19
OBJETIVO:
Subvenciones en el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación digital de la empresa canaria, motivada por la crisis sanitaria de la COVID-19.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán acogerse a las subvenciones, las pequeñas y medianas empresas (pymes) válidamente constituidas y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Proyectos empresariales dirigidos a la transformación digital de las pymes canarias, fomentando la innovación a través de la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de contribuir a mejorar su competitividad y productividad. Los proyectos deben responder a la necesidad de la entidad beneficiaria de adaptar el desarrollo de su actividad a la nueva coyuntura socio económica, consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.
Los proyectos objeto de la ayuda versarán sobre las siguientes temáticas:
a) Tecnologías innovadoras para la transformación digital de la empresa.
Este tipo de proyectos busca la mejora de la competitividad y productividad de la
empresa, a través de actuaciones para la incorporación de innovación tecnológica a sus
procesos productivos. Es preciso que los proyectos respondan a la necesidad de la entidad
beneficiaria de adaptar el desarrollo de su actividad a la nueva coyuntura socio económica,
consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.
b) Presencia web, marketing digital y comercio electrónico.
Esta categoría de proyectos busca consolidar la estrategia on line de la empresa, de forma
que desarrolle su presencia digital y la potencie como canal adicional de comunicación,
publicidad y ventas. Es preciso que los proyectos respondan a la necesidad de la entidad
beneficiaria de adaptar el desarrollo de su actividad a la nueva coyuntura socio económica,
consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.
En ningún caso serán subvencionables las actuaciones para la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, modificación o adaptación de procesos productivos o productos existentes que no supongan una innovación sustancial.
1. El proyecto podrá iniciarse a partir del momento de presentación de la solicitud.
2. El plazo de ejecución del proyecto terminará el 30 de abril de 2021
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Gastos de consultoría técnica y consultoría legal. Elaboración de estrategia de
transformación empresarial.
b) Gastos de servicios necesarios para la puesta en marcha del proyecto subvencionado.
c) Inversión en equipamiento necesario para el proyecto subvencionado (Inversión HW).
d) Inversión en software necesario para el proyecto subvencionado (Inversión SW).
FINANCIACIÓN:
Conforme a la base reguladora 9, la intensidad de ayuda máxima será de un 70% del
coste elegible de la actuación, hasta un máximo de 20.000 euros.